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jueves, 15 de diciembre de 2011

OFICIALIZAN CONSTRUCCIÓN DE HIDROLÉCTRICA SOBRE RÍO MANSO

Puerto Montt, Chile (Geoaustral).- El día 7 de diciembre oficialmente ingresó al Sistema político de Evaluación de Impacto Ambiental del gobierno chileno el proyecto de destrucción de la Cuenca Binacional del Río Manso, mediante una central hidroeléctrica a 3 kilómetros de la frontera con Argentina.
La empresa Mediterráneo S.A., a través de su representante Rodrigo Jiménez Besoain, el día 7 de Diciembre del 2011, realizó las publicaciones de los extractos y resúmenes ejecutivos del proyecto, en un diario nacional y oficial de Chile e ingresó el proyecto hidroeléctrico al sistema político chileno de análisis ambiental, y con ello ya se ha producido el reconocimiento oficial del gobierno chileno de las intenciones de autorizar la destrucción de la cuenca del Río Manso, tributario de la Cuenca binacional del Río Puelo.
El proyecto ingresado al sistema político ambiental chileno puede ser encontrado en la pagina web www.seia.cl o bien solicitar el resumen ejecutivo y los extractos a Geoaustral@telsur.cl.
Se debe tener presente que el gobierno chileno con su actitud permisiva y mercantilista, sigue sin respetar el "Protocolo Especifico Sobre Recursos Hídricos Compartidos", firmado por ambos países, hecho que puede desencadenar en grave conflicto geopolítico entre Argentina y Chile. (* ver nota al final).

Reseña de situación
Es necesario tener en claro que la cuenca binacional del Río Puelo, administrativamente, “se ubica al sudoeste de la provincia de Río Negro y al Noroeste de la provincia de Chubut, departamentos de Bariloche y Cushamen respectivamente. En el sector chileno, la cuenca se ubica administrativamente en la Comuna de Cochamo, Provincia de Llanquihue, Región de los Lagos”.
“La totalidad de la cuenca binacional, tiene una superficie aproximada de 880.000 hectáreas, de las cuales el 65,9 % o 580.000 hectáreas son de jurisdicción Argentina y solo 300.000 hectáreas o el 34,1 %, se ubican en Chile.”
Este río es parte integral de la cuenca binacional del Río Puelo y a pesar de su escaso caudal, ha sido objeto de la codicia de las corporaciones energéticas que se han instalado en Chile. En el año 2008, el caudal de este río fue rematado al mejor postor (opción obtenida por Mediterráneo S.A., quienes pagaron un poco más de 44 millones de dólares), con fines energéticos. Desde febrero del 2009, Mediterráneos S.A., usando helicópteros, ha trasladado equipos de técnicos y maquinarias, con el fin de recopilar información técnica necesaria para el estudio de línea base, antecedentes que su proyecto de destrucción de la cuenca requiere para justificarlo ambientalmente y legitimizarlo ante la ley chilena.
Este proyecto de destrucción fue oficializado el día 7 de diciembre del 2011, mediante el ingreso del proyecto al sistema político de evaluación ambiental de Chile, denominado SEA y con este acto el gobierno de Chile reconoce oficialmente lo que durante meses han negado al público. Junto con el proyecto de la central hidroeléctrica, han presentado el trazado de las líneas de alta tensión de 220 KV, en una extensión de 63 kilómetros, se conectaría con la central Cenelca de propiedad del holding Colbun (Familia Matte), y cuya energía iría para las mineras del norte de Chile.
Además, se debe destacar que Mediterráneo S.A., directamente a través de su dueño, Roberto Hagemann Gertsmann (empresario Minero e inmobiliario), en conjunto con otra empresa de su patrimonio, denominada Inmobiliaria e Inversiones Ilihue Limitada, han tomado el control de 100 mil hectáreas de la comuna de Cochamo (Chile), correspondientes al antiguo fundo Puchegüin, adyacente al limite con Argentina, correspondientes a 80 kilómetros de frontera entre los pasos cordilleranos de El León (Río Manso - Villegas) y El Bolsón (Río Puelo), información que puede ser leída en detalle en el informe técnico "Los Ladrones de Agua de Río Puelo". Este documento y otros relativos a la situación de la cuenca del Puelo, así como la presente nota de prensa, pueden ser solicitados en formato PDF, enviando un correo electrónico a Mauricio Fierro (geoaustral@telsur.cl).

(*) Este protocolo reafirma lo establecido previamente por el Artículo II, punto 3, del Tratado entre la República de Chile y la República Argentina sobre Medio Ambiente del 2 de agosto de 1991 y lo establecido en el Acta de Santiago sobre Cuencas Hidrográficas, del 26 de junio de 1971.


Fuente: Puerta E.