Por Elvio Mendioroz, presidente de la Fundación Uñopatún
Carmen de Patagones (Fundación Uñopatún).- La información brindada por el Departamento Provincial de Aguas de la Provincia de Río Negro, al respecto de que fijan montos por el uso del agua del Arroyo Los Berros para el funcionamiento de la mina china de Sierra Grande, es un despropósito que pretende poner en valor un bien hídrico que al ser destinado para tal fin deseca su curso, provocando de tal forma un daño social, ambiental y desarrollista para quienes conviven y o pudieran convivir en su curso, el cual resulta un perjuicio tanto mas oneroso que cualquier precio que se le pretendiera imponer para su uso indebido.
El Agua es Fuente Elemental para la Vida, y de ninguna manera puede aplicarse, valorase y por tal extinguirse para la expoltación de procesos abióticos minerales.
Contacto: 02920-464.222 / unopatun@rnonline.com.ar
* Se adjunta informe periodístico de la Agencia ADN de Río Negro
Fijan montos que debe pagar Minera Sierra Grande por usar agua
http://www.adnrionegro.com.ar/index.php?option=com_content&task=view&id=35037&Itemid=135
26-10-2010
Sierra Grande (ADN).- Un cargo fijo de 193.640 pesos por hasta 30.000 metros cúbicos de agua que utiliza en la explotación de la mina de hierro tiene que pagar la empresa MCC Minera Sierra Grande SA, a partir de ayer lunes 25 de este mes, según resolución del Departamento Provincial de Aguas.
Además del cargo fijo, debe abonar 2,24 pesos por 30.000 a 90.720 metros cúbicos; 2,74 pesos de 90.720 a 135.000 metros cúbicos; y 3,23 pesos por más de esa última cantidad de metros cúbicos.
Las actuaciones oficiales apuntaron a la tarifa a aplicar para abastecimiento de agua a MCC Minera Sierra Grande SA, cuya prestación se encuentra concesionada a Aguas Rionegrinas SA, según los términos de la resolución Nº1929.
De acuerdo con el régimen tarifario de provisión de agua potable y desagües cloacales a cargo de Aguas Rionegrinas y otras documentaciones oficiales, el Departamento Provincial de Aguas está facultado para analizar y establecer los valores tarifarios para la provisión de agua a la referida explotación minera privada.
Se explicó que ARSA presentó el pedido de revisión tarifaria, adjuntando el correspondiente estudio y la información complementaria requerida por el DPA o ente regulador.
Analizada la propuesta, el organismo gubernamental, según datos a los que accedió ADN, elaboró un informe técnico en el cual se incorporaron las conclusiones.
Finalmente, se consideró que corresponde afectar el 53 por ciento del costo del contrato de mantenimiento de los acueductos de abastecimiento, la amortización de las instalaciones y los costos operativos (personal, energía y otros) imputables al abastecimiento de agua a la empresa minera, recomendando aprobar un cuadro tarifario compuesto por un costo fijo y tres rangos de consumos crecientes.
“El incremento resulta debidamente justificado a fin de restablecer el equilibrio económico financiero de la prestación, garantizando además la calidad , regularidad y eficiencia en la prestación del servicio”, según se destacó.
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