A la comunidad educativa:
La Regional Noroeste marca CLARAMENTE su posición contraria a toda forma de trabajo con la extensión de la jornada laboral.
La
capacitación “Nuestra escuela” desde su espíritu plantea la discusión
democrática al interior de las instituciones, con la participación de
los docentes en ámbitos horizontales y de intercambio. Entendemos que
desde esta óptica deben darse esos encuentros en el marco de la jornada
laboral.
La obligatoriedad que se argumenta pasa por el DEBER DEL ESTADO de cumplir con la capacitación permanente en servicio y no por la obligación de los docentes a asistir fuera de su horario.
Los
y las docentes desde su militancia acompañan cotidianamente a viajes de
egresados, campamentos, funciones de cine, peñas y kermeses a beneficio
de los chicos, chicas y las comunidades educativas de las escuelas. Los
y las docentes dan pruebas cabales de su compromiso en el aula y fuera
de ella.
Las capacitaciones EN SERVICIO deben ser EN SERVICIO y nadie tiene derecho a amenazar a nadie con el “descuento” y la “sanción”.
¿Quién puede descontar un día que no se trabaja y que queda fuera de la declaración jurada?
Como
es sabido por todos, el Calendario Escolar 2015 de la provincia de
Chubut convoca a los docentes a llevar a cabo los días sábados las
“Jornadas Interinstitucionales e Institucionales” (apartado 17) dentro
del marco del Plan Nacional de Formación Permanente (PNFP) “Nuestra
Escuela”.
La
provincia de Chubut adhirió a la resolución del Consejo Federal de
Educación (CFE) Nº 201/13 donde se aprueba el PNFP “Nuestra Escuela” y
explicita en el punto 4 - A Componentes, que el Componente I Centrado en
las Instituciones Educativas “se concretará en ejercicio”; que
la implementación de la misma aparece por la Resolución Nº 219/14, donde
se lee en los Considerando que “el artículo 57 de la LEN reconoce el
derecho de todos los docentes del sistema educativo a la capacitación y
actualización integral, gratuita y en servicio”, y “Que la estrategia puesta en marcha se basa en la concepción de la formación permanente en ejercicio (…) porque es preciso desarrollarla dentro de los espacios y tiempos de la jornada laboral”.
Dentro
del mismo Calendario Escolar 2015 de Chubut, el apartado 15 inciso 1
explicita que “las escuelas pueden organizar los horarios de los
docentes, sin disminuir la carga horaria frente a alumnos, ni aumentar la carga horaria del docente de tal manera que se puedan realizar reuniones o jornadas por áreas o por ciclos para concretar actividades de capacitación, planificación , articulación, etc.”
Entendemos
que una capacitación que se plantea EN SERVICIO Y EN EJERCICIO, no debe
implicar la extensión encubierta de la Jornada Laboral en forma de
Jornadas Institucionales ni en ningún otro formato; que el Calendario
Escolar no puede negar los derechos adquiridos por todos los
trabajadores establecidos en los distintos estatutos legales
provinciales y nacionales (Ley de Contrato de Trabajo).
Como
responsables de nuestro trabajo no podemos avalar ni permitir que el
Ministerio tienda insistentemente a extender la jornada laboral,
situación en extremo compleja al día de hoy dada la falta de pago en la
que está incurriendo el Ministerio de Educación en numerosos casos.
¿Cuáles
son los motivos por los que el Ministerio pretende, en acuerdo con los
que firman el Calendario Escolar, incorporar los sábados a la Jornada
Laboral? ¿En qué forma la provincia adhiere a los planteos de la LEN Nº
26.206 que garantiza la capacitación integral, gratuita y en servicio?
¿Vamos a implementar nosotros mismos desde nuestro puesto de trabajo el
ajuste, avalando con nuestra presencia esta nueva instancia de
flexibilización laboral?