Río Negro y Neuquén, 17 de febrero de 2011 (Asamblea Sanidarios).- La Asamblea por la Sanidad de la Cuenca del Lago Nahuel Huapi y los Ríos Limay, Neuquén y Negro, celebra la determinación del Gobierno de la Provincia de Neuquén de recomponer por fin su planta de tratamiento de efluentes industriales “PIN”, convocándolo a obrar también en la pronta recomposición de su inoperante planta de tratamiento de efluentes cloacales “Tronador”.
En el mismo orden, celebramos la creación y puesta en funcionamiento de la Comisión Legislativa Interprovincial de Saneamiento de la Cuenca del Limay, Neuquén y Negro, llamándolos a fin de incluir en sus tratados los siguientes temas:
- Precisar la inmediata reglamentación y aplicación de la Ley 2.175 que regula la comercialización y el uso de pesticidas y agroquímicos en la Provincia de Río Negro. En el mismo sentido convocamos a la Provincia de Neuquén a fin de aplicar su Ley de Agroquímicos 1.796. (Hoy día en ambas provincias los fertilizantes y los venenos agroquímicos son comercializados y utilizados con absoluta libertad de criterio de sus expendedores y usuarios, situación que enferma a las personas e incrementa la degradación ambiental de la Cuenca).
- Incluir a la contaminación petrolera en el marco del control y la remediación de la sanidad de la Cuenca. (Tal tipo de contaminación puede ser constatada, aún cientos de kilómetros aguas abajo de su origen, impregnado en la línea de flotación de las embarcaciones fondeadas frente a las ciudades de Carmen de Patagones y Viedma).
- Legislar a fin de que ya ningún tipo de industria cuyos efluentes contengan elementos tóxicos no degradables puedan asentarse, directa o indirectamente, a la vera de ningún espacio hídrico comprendido en la Cuenca. (Desde la Asamblea SANIDARIOS propiciamos la sistematización de las bardas aledañas a la Cuenca, para la próxima radicación industrial).
- Requerir el incremento del caudal mínimo de 300m3 a 900m3 de agua volcada al río por las represas hidroenergéticas, a fin de recomponer, de inmediato, la natural función homeostática de la Cuenca. (El permanente incremento de algas constadas en los ríos Limay, Neuquén y Negro, señalan su gravísimo estado de eutrofización).
- Hacer cumplir el dictado de la Ley 23.896 del Senado y Cámara de Diputados de la Nación; la Ley 1.651, decreto 2.197 de la Provincia de Neuquén; la Ley 10.452 de la Provincia de Buenos Aires y la Ley 2.088 de la Provincia de Río Negro, las cuales determinan a la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas de los ríos Limay, Neuquén y Negro como responsable en la administración, uso, control y preservación ambiental de la Cuenca. (Ya el Tratado de Creación de la AIC así lo indica: “es necesario regular los recursos hídricos interprovinciales, tendiendo a armonizar y compatibilizar la acción de las Provincias y la Nación, teniendo en cuenta que una Administración eficiente de los mismos no puede parcializarse por jurisdicciones y dado que el concepto de cuenca trasciende los límites políticos establecidos”.
- En el mismo sentido, convocamos a la Comisión Legislativa Interprovincial de Saneamiento de la Cuenca del Limay, Neuquén y Negro, a fin de hacer dar cumplimiento al Artículo 41 de la Constitucional que indica “El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley”, por cuanto el dinero administrado por la AIC - el 1,5% de la recaudación de las represas hidroenergéticas – necesariamente debe ser destinado, con prioridad, al control y a la recomposición de cada uno de los focos de contaminación industrial, petrolera, agroquímica y/o cloacal que hoy degradan la naturaleza de nuestra Cuenca.
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