A. D.
A.D. es un niño de 13 años de edad a quien la
Provincia internó lejos de su familia, en un espacio de tipo
carcelario-psiquiátrico en pésimas condiciones, fuera de todos los
estándares infanto-juvenil en temas de salud mental. El caso de A.D.
había sido fuertemente mediatizado, ante la deseperación de la madre de
A.D. implorando a la Provincia para que encuentre la forma de abordar a
su hijio, y que no lo abandone a la policía. Pero la respuesta del
Estado fue internarlo en Junín, encerrarlo en una celda de aislamiento,
con una ventanilla abierta y sólo una frazada. El defensor de Junín
intervino en el caso a pedido del defensor de La Plata, Julián Axat, y
visibilizó la violación de todos los estandares de derechos humanos de
internamiento para un niño. El Juzgado recibió el amparo y fijó
audiencia urgente. A continuación, las imágenes del internado y los
extractos más relevantes de la medida cautelar presentada por Julián
Axat.
Radio La Cantora
22|06|2012
Condiciones de alojamiento de los niños detenidos en Junín
Defensoría penal juvenil de Junín
Las pésimas condiciones de alojamiento que el niño
A.D. se encuentra padeciendo en el internado de Junín pueden
visualizarse en las imágenes que publicamos en nuestra galería. (Click "aquí")
La más reciente intervención del Defensor de La Plata Julián Axat al respecto es una medida cautelar -de la que participa la Asociación Civil Miguel Bru-, en la que se exige al Estado “la implementación efectiva del Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos del Niño en la ciudad de La Plata; aspecto que la Provincia viene omitiendo” y se denuncia con crudeza que el caso de A.D. Implica una clara “demostración de que el sistema de contención y protección de derechos es precario e inexistente en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Que el sistema penal y policial es el lugar de despliegue y etiquetamiento en que terminan casos como el de el niño A.D, pues las políticas públicas en salud mental y de seguimiento terapéutico para niños y adolescentes pobres, resulta un fracaso institucional manifiesto.”
“Como parte de ese fracaso institucional en el seguimiento y abordaje de A.D, del cual la Provincia y el Municipio de La Plata (con su fracasado Servicio Local) son absolutos responsables, de que el mismo haya sido criminalizado doce (12) veces. Cada una de esas situaciones policiales han sido la verdadera respuesta institucional consecuencia del fracaso de una política pública, vinculado al desfinanciamiento del Sistema de Promoción y protección de derechos para la niñez, y la inflación del sistema penal policial de toda la provincia dirigido a esos mismos sectores."
“En muchas de esas causas penales me ha tocado intervenir en favor de A.D, conocer su situación -señala Axat en su presentación-. En todas esas causas he podido apreciar el vínculo entre la vulneración de derechos que el niño padece, y la selectividad policial y punitiva que todo el día lo hostiga. Cada ingreso a una Comisaría y la ausencia de abordaje terapéutico, representan -cada uno- verdaderos llamados de atención, llamados de urgencia y gritos de desesperación de la madre de A.D. Es decir, son la espiral de deterioro e impotencia de la situación subjetiva del joven en la que el Estado es único garante-responsable del fracaso en cortar aquella espiral de degradación hacia una muerte segura”.
Las medidas que el Defensor del Fuero penal Juvenil de La Plata llama a implementar en función de revertir la penosa situación de este caso incluyen:
* Que peritos arquitectos de la Asesoría Pericial perteneciente al Departamento Judicial de Junín se constituyan a realizar un informe sobre las condiciones arquitectónicas, edilicias y de salubridad del inmueble en el que se encuentra la Clínica “Ferromed” ubicado en calle Av Libertad 351 de Junín, Provincia de Buenos Aires.-
* Se llame a una audiencia en el término de 48hs por ante VS., a fin de elaborar con la urgencia del caso, una estrategia y dispositivo alternativo y/o adecuado, privilegiando el acercamiento familiar del niño A.D. A dicha audiencia deberán asistir, en presencia de la actora, y la progenitora del niño: Representantes del Ministerio de Salud de la Provincia y de la Secretaría de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires, como así la Defensoría del Pueblo de la Provincia y la Asesora de Incapaces.-
* Se ordene transitoriamente la clausura del lugar de aislamiento en el que el Defensor Penal de Junin, el Dr. Silvio Echarri, observó que el niño A.D permaneció confinado hasta el día 21/6.
“Es evidente que la situación de A.D se ve aún más perjudicada por la ausencia de recursos económicos”, expone Axat hacia el final de la medida cautelar presentada y que desencadenó que se disponga con urgencia una audiencia de las partes implicadas en el caso. A lo cual agrega categóricamente: “Sí contara con los recursos necesarios y/o Obra Social, podría ser internado en el mejor dispositivo terarpéutico sin mayores inconvenientes, y de esta manera no se vulnerarían sus derechos, pues contaría con la atención terapéutica pertinente para sus necesidades de salud, no se sometería a las consecuencias negativas de la espera permanente y la exposición a riesgos de daños diarios y además podría gozar de sus derechos al disfrute de una vida plena y sobre todo DERECHO A LA LIBERTAD EN EL SENTIDO MAS AMPLIO”.
La más reciente intervención del Defensor de La Plata Julián Axat al respecto es una medida cautelar -de la que participa la Asociación Civil Miguel Bru-, en la que se exige al Estado “la implementación efectiva del Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos del Niño en la ciudad de La Plata; aspecto que la Provincia viene omitiendo” y se denuncia con crudeza que el caso de A.D. Implica una clara “demostración de que el sistema de contención y protección de derechos es precario e inexistente en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Que el sistema penal y policial es el lugar de despliegue y etiquetamiento en que terminan casos como el de el niño A.D, pues las políticas públicas en salud mental y de seguimiento terapéutico para niños y adolescentes pobres, resulta un fracaso institucional manifiesto.”
“Como parte de ese fracaso institucional en el seguimiento y abordaje de A.D, del cual la Provincia y el Municipio de La Plata (con su fracasado Servicio Local) son absolutos responsables, de que el mismo haya sido criminalizado doce (12) veces. Cada una de esas situaciones policiales han sido la verdadera respuesta institucional consecuencia del fracaso de una política pública, vinculado al desfinanciamiento del Sistema de Promoción y protección de derechos para la niñez, y la inflación del sistema penal policial de toda la provincia dirigido a esos mismos sectores."
“En muchas de esas causas penales me ha tocado intervenir en favor de A.D, conocer su situación -señala Axat en su presentación-. En todas esas causas he podido apreciar el vínculo entre la vulneración de derechos que el niño padece, y la selectividad policial y punitiva que todo el día lo hostiga. Cada ingreso a una Comisaría y la ausencia de abordaje terapéutico, representan -cada uno- verdaderos llamados de atención, llamados de urgencia y gritos de desesperación de la madre de A.D. Es decir, son la espiral de deterioro e impotencia de la situación subjetiva del joven en la que el Estado es único garante-responsable del fracaso en cortar aquella espiral de degradación hacia una muerte segura”.
Las medidas que el Defensor del Fuero penal Juvenil de La Plata llama a implementar en función de revertir la penosa situación de este caso incluyen:
* Que peritos arquitectos de la Asesoría Pericial perteneciente al Departamento Judicial de Junín se constituyan a realizar un informe sobre las condiciones arquitectónicas, edilicias y de salubridad del inmueble en el que se encuentra la Clínica “Ferromed” ubicado en calle Av Libertad 351 de Junín, Provincia de Buenos Aires.-
* Se llame a una audiencia en el término de 48hs por ante VS., a fin de elaborar con la urgencia del caso, una estrategia y dispositivo alternativo y/o adecuado, privilegiando el acercamiento familiar del niño A.D. A dicha audiencia deberán asistir, en presencia de la actora, y la progenitora del niño: Representantes del Ministerio de Salud de la Provincia y de la Secretaría de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires, como así la Defensoría del Pueblo de la Provincia y la Asesora de Incapaces.-
* Se ordene transitoriamente la clausura del lugar de aislamiento en el que el Defensor Penal de Junin, el Dr. Silvio Echarri, observó que el niño A.D permaneció confinado hasta el día 21/6.
“Es evidente que la situación de A.D se ve aún más perjudicada por la ausencia de recursos económicos”, expone Axat hacia el final de la medida cautelar presentada y que desencadenó que se disponga con urgencia una audiencia de las partes implicadas en el caso. A lo cual agrega categóricamente: “Sí contara con los recursos necesarios y/o Obra Social, podría ser internado en el mejor dispositivo terarpéutico sin mayores inconvenientes, y de esta manera no se vulnerarían sus derechos, pues contaría con la atención terapéutica pertinente para sus necesidades de salud, no se sometería a las consecuencias negativas de la espera permanente y la exposición a riesgos de daños diarios y además podría gozar de sus derechos al disfrute de una vida plena y sobre todo DERECHO A LA LIBERTAD EN EL SENTIDO MAS AMPLIO”.