14 de marzo 2016
Uno de los temas centrales de debate en estos días es la transparencia del Estado, en particular sobre si el contrato entre YPF y Chevron debe ser secreto o no. Una atenta lectura a diversa documentación pública[1] permite componer parte de lo que el acuerdo oculta, aportando elementos que refuerzan su pronta publicación. Entre los diversos puntos, encontramos que se creó un complejo entramado de compañías radicadas en paraísos fiscales y que el marco jurídico que se aplica es el del Estado de Nueva York. ¿Las implicancias? Hasta tanto y en cuanto se cumpla con el fallo de la Corte Suprema de Justicia, la publicación íntegra del contrato entre YPF y Chevron, se desconocen a ciencia cierta.
pantallas jurídicas offshore regidas por el Estado de Nueva York
El supuesto acuerdo entre YPF y Chevron fue firmado el 16 de julio de 2013 tras muchos meses de negociación. Pero, al revisar la documentación, lo primero que salta a la vista es que en el contrato de explotación sobre el área Loma Campana, Chevron no figura: la concesión se reparte en partes iguales entre YPF S.A. y la ignota Compañía de Hidrocarburo No Convencional SRL (en adelante CHNC). ¿Qué es CHNC? Un “tercer actor” que, si bien es propiedad de YPF, la empresa no controla. Creada días previos a la firma del contrato, CHNC es el nudo del acuerdo ya que es la pantalla por la cual Chevron operaría.
Las figuras cambian, el secreto permanece impune
La ingeniería jurídica presentada es no solo poco transparente sino además de responsabilidad difusa. Con arquitecturas montadas en paraísos fiscales, las empresas esquivan necesarios controles fiscales y regulatorios en actividades de interés público, como es el caso de la industria hidrocarburífera. Al mismo tiempo, la utilización masiva de técnicas controversiales y experimentales, como la fractura hidráulica o fracking, hacen perentorio conocer a fondo quiénes son responsables de forma clara y directa. Que, entre las diversas razones mencionadas por Chevron para promover estos esquemas, una sea esquivar potenciales embargos por los afectados de la Amazonía ecuatoriana, agrava aún más el panorama de responsabilidad ambiental.
La férrea defensa del gobierno nacional, anterior y vigente, de negar el contrato por razones comerciales atenta contra el ejercicio efectivo de derechos colectivos y con la administración plena de justicia. Más allá de si pudiera haber alguna razón de índole comercial, lo que se oculta es un entramado empresarial global estructurado a partir de la explotación de hidrocarburos en el norte de la Patagonia argentina. El reciente dictamen de la Oficina Anticorrupción, que tendría que velar por la ética en los actos públicos, muestra un escenario preocupante para el pueblo argentino como también flexible para los intereses concentrados, sean nacionales o extranjeros. Por su parte, YPF S.A., con su mayoría accionaria en manos del Estado argentino, debería publicar integralmente la estructura vigente y, a futuro, prescindir de este tipo de mecanismos.
A 40 años de un nuevo aniversario de la peor dictadura cívico-militar que sufrió nuestro país, con visita de Obama y rumores sobre un Tratado de Libre Comercio mediante, reclamamos una vez más que se dé a conocer el contrato entre YPF y Chevron debido alcarácter estratégico para el pueblo argentino. Esperamos que el viernes 18 de marzo de 2016, nueva fecha dictada por la jueza federal María Cristina Carrión de Lorenzo, sea el fin de casi tres años de secreto e impunidad.
14 de marzo de 2016
Rosario, Neuquén y Buenos Aires, Argentina.
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