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martes, 12 de marzo de 2013

PROCURADORA PICCININI EMITIÓ NUEVO DICTAMEN FAVORABLE A RECLAMO POR IMPACTO AMBIENTAL EN CERRO PERITO MORENO



El Bolsón (Asamblea en Defensa del Agua y la Tierra).
FUENTE: ADN
8023 El Bolsón.- La procuradora general del Poder Judicial  de Río Negro, Liliana Piccinini, emitió nuevo dictamen vinculado al pedido de amparo colectivo solicitado por la “Asamblea en defensa de la tierra y el agua” de El Bolsón, según se informó oficialmente este mediodía. El pronunciamiento judicial se da el marco de la causa judicial de amparo colectivo que se tramita ante el Superior Tribunal de Justicia, en relación al reclamo de estudio de impacto ambiental del proyecto turístico de actividades de montaña en Cerro Perito Moreno.

La jefa de los fiscales rionegrinos recordó que la organización ambientalista interpuso una acción de mandamus contra el ex Consejo de Ecología y Medio Ambiente (CODEMA) por considerar que “se han violado por omisión las disposiciones legales vigentes relativas a la audiencia pública, previa a la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), solicitando que se ordene la realización de la misma y en consecuencia se decrete la nulidad de la resolución 559/11 del CODEMA y todo lo resuelto en consecuencia por otro organismo provincial y/o municipal”.
Piccinini consideró lo siguiente: “Atento a la evolución de lo acontecido hasta la fecha, al cumplimiento errático de la cautelar de no innovar y la prevalencia de los principios protectorio y precautorio, pilares de la cuestión ambiental; teniendo en miras lo dispuesto por  los artículo 2 inciso.a), 3 inc.a),4 inc.a) de la ley k-2779, arts. 84 y 85 de la Const. Pcial., ley 26331 y arts. 41 y 43 de la C.N.; leyes M3266 y Q3552; entiendo que el Superior Tribunal debe hacer lugar al amparo colectivo disponiendo”.

a)     El correcto encaminamiento de las autorizaciones, certificaciones, verificaciones y todo trámite conducente en la esfera Municipal,  en cumplimiento de su legislación orgánica, ambiental y de uso del suelo;
b)     La realización del DIA y audiencia pública conforme lo establece la normativa vigente en el ámbito autónomo del Municipio  (Ord.261/03) y sin perjuicio de la consulta que pueda solicitarse en orden a lo normado por el art.135 de dicha norma a las autoridades provinciales dedicadas a la temática.
c)       En atención a lo precedentemente solicitado, estimo que V.E. debe ordenar se deje sin efecto, de modo definitivo el estudio de impacto ambiental que fuera materia de la resolución 559/11 del Ex Codema.
Al momento de emitir su dictamen,  Piccinini señaló que “expresé inicialmente que tanto la Res. 559/11 del CODEMA (hoy Secretaría de Medio Ambiente), como los Proyectos presentados por el Grupo Laderas constituido por las empresas Laderas del Paralelo 42 S.A. y Laderas del Perito Moreno S.A., se plasmaron en el marco del Expediente “EIA s/ proyecto centro de actividades de montaña en Cerro Perito Moreno-Grupo Laderas”, dentro de la órbita administrativa del Poder Ejecutivo Provincial. Consiguientemente dichas actuaciones no debieron ni pudieron ser puestas a consideración y decisión de los poderes municipales, sin ingresar en debida forma a dicho ámbito.”
Añadió que “esta cuestión, que puede presentarse en un muy ligero análisis como un mero preciosismo formal, es de gravedad institucional, pues se soslayan los ordenes institucionales y se vulnera la autonomía del Municipio.”
Se recordó que la procuradora general emitió anteriormente dos dictámenes favorables en acciones promovidas por la “Asamblea en defensa de la tierra y el agua”. Uno de ellos respecto a la legitimación del accionante y la naturaleza jurídica de la acción intentada; se resolvió enmarcarla dentro del amparo colectivo (ley k-2779), reconociendo legitimación activa al presentante y el otro, referido a la medida cautelar de no innovar respecto del proyecto contenido en la resolución 599/2011 del CODEMA, suspendiendo todo tramite administrativo que se lleve adelante ante cualquier organismo de Río Negro, hasta tanto la presente acción se encuentre en condiciones de ser resuelta”.

Poder Judicial