Como consta en el acta firmada por los cuatro concejales presentes y dos vecinos. Queremos dejar constancia: que la mencionada resolución tras la fachada de “informar al Superior Tribunal de Justicia” en el artículo 2° dice “Autoriza a continuar con obligaciones y trámites”.
Que además se adelanta a solicitar se realice Audiencia Pública.
Que tanto la autorización como la solicitud de Audiencia Pública exceden el marco de sus atribuciones.
Que la resolución viola la orden de no innovar del propio Superior Tribunal de Justicia.
Que la sesión fue realizada en ausencia de otros dos concejales quienes han hecho público su rechazo al emprendimiento de loteo.
Que el STJ requirió que la Secretaría de Ambiente informe en 60 días las medidas adoptadas dentro del cumplimiento de la Ordenanza 216/03, que es el Código Ambiental, ente otras normas. No que se expidiera el Concejo Deliberante “El pueblo no debe contentarse con que sus jefes obren bien; él debe aspirar a que nunca puedan obrar mal.” Mariano Moreno