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viernes, 14 de enero de 2011

UN CÓDIGO DE FALTAS "HABILITA" EL ILEGAL ALLANAMIENTO A DOS RADIOS EN EL CHACO

El Bolsón (ANPP).- Alerta por el uso de un Código de Faltas anacrónico e inconstitucional para justificar allanamientos y detenciones en dos radios de la localidad chaqueña Pampa del Infierno

El Foro de Periodismo Argentino manifiesta su profunda preocupación por los allanamientos y el secuestro de los equipos de FM Norte y FM Futuro de la localidad chaqueña de Pampa del Infierno, y la detención de los dueños de ambas emisoras.

El jueves 30 de diciembre, la jueza de Paz de Pampa del Infierno, Elisa Isabel Strizick, ordenó el allanamiento y secuestro de equipos de FM Norte (102.1), que salía al aire desde sus estudios ubicados en calles Güemes y Paula Montana, de dicha localidad. El allanamiento fue impulsado por las más de 26 denuncias de vecinos que se sentían agraviados por los dichos de los locutores de Radio FM Norte.

Al día siguiente, el titular la emisora, Claudio Hererra, consiguió nuevamente salir al aire a través de los equipos de FM Futuro, que se encontraba sin transmisión desde hacía un tiempo. Ese mismo día a través de un nuevo operativo policial, la jueza Strizick ordenó nuevamente un allanamiento al que esta vez se le sumaron las detenciones de Claudio Herrera y de Raúl Gerardo Abregú, dueño de FM Futuro y trabajador de FM Norte. Los periodistas recién recuperaron la libertad entre el lunes 3 y el martes 4 de enero.

Según relató Abregú, desde la emisora FM Norte se insistía en conocer cuál sería el destino del Fondo Sojero que percibe la Municipalidad de Pampa del Infierno. Este requerimiento habría molestado al intendente de la localidad, Marcelo Piccoli, quien –según su versión- habría solicitado la intervención de la jueza Strizick.

En diálogo con Fopea, esta Magistrada dijo haber actuado amparada en el código de faltas: Art 59 inciso G (ver más abajo) y aclaró que lo que motivó los allanamientos fue que en los días previos se acercaron denunciantes con “material probatorio”, más precisamente, grabaciones. Se trataría de un docente, varios concejales y el intendente, entre otras personas. Según la jueza, en dichas grabaciones, que actualmente forman parte del expediente, se escuchan actitudes discriminatorias, insultos, agravios y acusaciones de todo tipo.

La Magistrada aseguró que intervino en forma preventiva: “Actúe para mantener la paz social, había vecinos que me decían que sino actuábamos nosotros lo iban a hacer ellos, e iba a terminar alguien muerto”. “Hay un código de procedimiento que me habilita, hay un choque entre el código de falta y la constitución provincial, pero actualmente hay un órgano correccional que está evaluando los hechos”.

En tanto, el día 10 de enero, el ministro de Justicia de Chaco, Juan Manuel Pedrini, convocó a la jueza, al intendente y a los imputados. En la reunión que tuvo lugar en el Hotel Waloc de Saenz Peña, también participó el gobernador de la Provincia, Jorge Capitanich. Según relató Strizick, “fue una reunión informal, donde se escuchó a las diferentes partes y se acordó agilizar los medios para que la radio vuelva salir al aire, consensuando la paz social”. El Ministro se habría comprometido a prestar toda la ayuda para que se vuelva a habilitar la Radio que funcionaba normalmente hasta el día 31 de diciembre, y por su parte, la Magistrada se habría expresado de igual manera.

FOPEA reclama a las autoridades pertinentes que no actúen limitando la libertad de expresión con medidas como el decomiso y secuestro de equipos técnicos que permiten el funcionamiento de esas emisoras. Además reclama que se modifique, por anacrónico y manifiestamente inconstitucional, el Código de Faltas de la provincia del Chaco que en su capítulo “Faltas contra la credulidad pública” sostiene –en su artículo 59, inciso G- que “será sancionado con arresto de hasta 120 días o multa equivalente en efectivo de hasta 20 remuneraciones mensuales mínimas, vital y móvil….

G) El que a través de medios escrito/oral o televisivo difunda a la población noticias falsas, respecto de algún hecho o circunstancia tendiente a desmerecer a una persona o institución, siempre que no sea calificable como delito”.

Ese texto no sólo contradice las disposiciones legales a nivel internacional y local, sino hasta la propia Constitución Nacional y la de la provincia del Chaco.

Por su parte, FOPEA también quiere hacer especial hincapié en la responsabilidad con la que debe ser ejercida la profesión periodística, brindando a los ciudadanos información de calidad, sin agravios, insultos o discriminaciones.

Foro de Periodismo Argentino