Coronda(Ciudad Interna).-
Aquí dejamos el escrito presentado al Director General de Institutos Penitenciarios, el Dr. Mariano Bufarini, donde se manifiesta por puntos todos los reclamos que se vienen haciendo desde hace tiempo sin tener ningun tipo de respuestas, solo promesas.
1. Por las irregularidades que se cometen al momento de interpretar la ley 24.660, solicitamos la urgente Reglamentación Penitenciaria.
2. La Constitución Provincial faculta al Sr. Gobernador a realizar otorgamiento de CONMUTACIONES DE PENA, las mismas se conceden en los meses de MAYO Y DICIEMBRE. A la fecha el Sr. Gobernador de la Provincia de Santa Fé no decreto las peticiones elevadas correspondientes al mes de Diciembre.
3. Solicitamos derogación de cláusulas que impiden incrementar los montos de los denominados “Peculios Estímulos”. Esta retribución la perciben las personas privadas de su libertad por los trabajos que realizan, la consideramos generadora de esclavitud, ya que lo percibido no alcanza para cubrir las necesidades básicas. (Recordamos que en la ultima mesa de dialogo se presento un escrito pidiendo que la ley provincial se adecue en su totalidad a la ley nacional n°24.660 y que el denominado “Peculio Estimulo” pase a ser un salario digno).
4. La ley 24.660 establece que será aplicada sin distinción de SEXO, RAZA, RELIGIÓN, IDIOMA U OTRAS CIRCUNSTANCIAS, por lo tanto solicitamos que la aplicación del régimen sea con derecho de igualdad, haciendo prevalecer la progresividad.
5. No implementar lineamiento que limiten el trabajo del E.A.R.S, porque obstaculizan el tratamiento e imposibilitan la progresividad. Los parámetros que evalúan los Psicólogos no se pueden basar en tiempos, y los lineamientos eso es lo que imponen, de esa manera el tratamiento es matemático en la progresividad.
6. El Estado es el responsable de velar por las condiciones habitacionales, es notable el abandono de la institución, imposible mantener la higiene de los pabellones debido a que la Unidad no provee de artículos de limpieza, además requieren elementos como: Escobas, secadores, tachos para residuos. No solo se debe velar por las condiciones de higiene, sino que el alojamiento individual cuente con lo básico: Inodoro, pileta, instalación eléctrica y colchón.
7. Que se realicen controles diarios sobre la alimentación que se le otorga a la población carcelaria, ya sea: Almuerzo o cena, el desayuno es inexistente.
8. Que se cumplan con las medidas de Salubridad e Higiene en los diferentes talleres, ya sean dependientes del I.A.P.I.P. o Cárcel.
9. Se interceda ante el Juzgado de Ejecución Penal a fines de que se agilicen los trámites pertinentes de las distintas solicitudes, ya que es notable la demora que se genera en dictar las resoluciones de Salidas Transitorias, Permisos Judiciales Art. 166 de la ley 24.660. Con el presente adjuntaremos listado de las personas que se encuentran afectadas por la mora ocasionada.
10. De lo resuelto por cada punto expuesto, solicitamos se notifique a la población penal en forma escrita.
Los abajo firmantes voceros de los diferentes pabellones del Instituto Correccional Modelo Unidad N°1 de Coronda.