Envíenos su nota, opinión o información al correo: delpueblo.prensa@gmail.com

domingo, 3 de octubre de 2010

OPINION: FE(U)DERALISMO MINERO...PROVINCIAISMO TROYANO

Por Horacio Machado Aráoz.
Las extrañas torsiones que presenta el orden colonial del capital en tiempos de globalización nos muestra cómo los intereses de las transnacionales más concentradas, que gestionan y controlan los ‘recursos naturales’ a escala planetaria, pueden servirse de ‘argumentos’ (precisamente serviles) de ‘autonomía y descentralización’ política para seguir exprimiendo la tierra, arrancándole fabulosas ‘ganancias’, a costa de la expropiación, inseparablemente económica y ecológica, de las poblaciones locales.
En este caso, el debate y la reciente sanción de la Ley de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y el Ambiente Periglacial, con su trama en el Congreso de la Nación y sus diferentes capítulos provinciales en las legislaturas de las provincias ‘cordilleranas’, nos presenta, en una primera lectura, un ejemplo emblemático de cómo las más encendidas retóricas localistas y federalistas se esgrimieron, en realidad, para defender los más concentrados intereses globales encarnados por las grandes corporaciones mineras transnacionales, que han puesto su mira en nuestra cordillera, como fuente estratégica de agua y minerales para el aprovisionamiento de los centros mundiales de industrialización y consumo.
En efecto, una de las principales estrategias argumentales esgrimidas al unísono por gobernadores y legisladores de las provincias auto-caratuladas indistintamente como ‘cordilleranas’ y ‘mineras’ para oponerse a la Ley recientemente sancionada en el Congreso de la Nación, estuvo basada en la reivindicación del ‘federalismo’ contra lo que se codificó como una ilegítima e ilegal intromisión de la Nación sobre un área de competencia (supuestamente) exclusiva de las provincias, los “recursos naturales”[1]. Salvo pocas pero honrosas excepciones, los representantes políticos de estas provincias, en llamativa consonancia con los voceros de las empresas mineras y periodísticas, se encolumnaron bajo el encendido llamado a “defender lo que es nuestro”, aludiendo a los ‘glaciares’ como “objetos de dominio inalienable e imprescriptible de las provincias”; como si dicho ‘dominio’ estuviera amenazado por una norma nacional, que precisamente tenía por objeto su preservación.
Luego de sancionada la Ley, la férrea convergencia de ‘sentimientos, pensamientos y acciones’ entre voceros gubernamentales y empresariales pro-mineros, se dejó ver con mayor cohesión aún que antes del debate. Por caso, el emblema ‘gubernamental’ de los intereses de la minería transnacional, José Luis Gioja, gobernador de San Juan, disparaba desde su twitter: “Es fácil hablar de medio ambiente con la panza y la cuenta en el banco llenas. Para ellos la realidad empieza en Barrio Norte y termina en Palermo Chico. Y los argentinos que se jodan.(…) No nos vamos a dejar atropellar por esos ignorantes que pontifican desde Buenos Aires y el único hielo que conocen es el que sacan de la heladera para echarle al whisky”. También el 1° de octubre, la Cámara de Empresas Prestadoras de Servicios Mineros (CEPSM), emitía un comunicado en el que “expresa su más profundo y enérgico rechazo a la Ley de Presupuestos Mínimos para la Preservación de Glaciares y el Ambiente Periglacial sancionada durante la madrugada de hoy (Jueves 30) por el Congreso de la Nación y afirma que constituye un grave atentado que viola en forma flagrante el federalismo.”. Y continuaba: “La Cámara repudia la actitud de los miembros del Congreso de la Nación y sostiene que asistimos a la generación de una curiosa paradoja: precisamente aquellos que son los Representantes del Pueblo, en el marco de un sistema democrático y federal, son quienes menos cumplen con los principios del federalismo que interpretamos debería regir para todos los ciudadanos de todas las provincias de nuestra República Argentina” (Minería y Desarrollo Catamarca, 30/09/2010).) Diversos legisladores de provincias cordilleranas, individual o colegiadamente, funcionarios de las secretarías de minería y otros voceros de las empresas, tenían la misma, monocromática reacción de rechazo a la Ley aprobada. Entre las expresiones más virulentas, la Cámara de Diputados de San Juan emitía al día siguiente un comunicado en el que expresaba su “formal y rotundo rechazo a la Ley de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglaciar, sancionada por el Congreso de la Nación, por ser violatoria del principio de federalismo y por invadir competencias originarias de la provincia…”, concluyendo con la solicitud al P.E.N. de un nuevo veto a la ley (Diario El Zonda, 1° de octubre de 2010). Por su parte, el titular de la Asociación de Empresas Mineras de Catamarca, Alfredo Marchiolli, se quejaba amargamente de que los legisladores provinciales no hayan sancionado una ley provincial sobre glaciares, para proteger –según su entender-, los intereses de la provincia: “A nivel local, lo que han hecho los diputados no tiene perdón, porque especular y dejar que la Nación avasalle sobre la autonomía y la potestad de la provincia sobre sus recursos naturales, realmente, es una imbecilidad”, para luego, finalmente explicitar el motivo de su ira: “lo que plantea la Ley nacional es la prohibición de la minería en todas las zonas de glaciares, es decir, de glaciares y periglaciares… Y es preocupante porque de esa manera no va a ingresar ninguna inversión al país para esas zonas” (Diario El Ancasti, 1° de octubre de 2010).


Podríamos seguir abundando en citas como las precedentes. Todas ellas testimonian en realidad algo incontrastable y que merece nuestra reflexión: la llamativa convergencia ‘federalista’ entre gobiernos provinciales y empresas mineras transnacionales, aunadas en la oposición a la Ley recientemente aprobada por el Congreso de la Nación… Extraño federalismo, en verdad, este federalismo minero, que fogonea encendidas retóricas localistas para defender en realidad, los intereses extractivos capitalizados asimétricamente por actores emblemáticos del orden hegemónico global. Extraño por caso, el momento y el motivo de este ‘repentino reverdecer’ federalista.
Nos invita, por caso, a preguntarnos por qué en su momento, no se consideraron y ni se consideran ahora una ‘afrenta a los intereses y competencias de las provincias’ las leyes mineras de los ’90 (Ley N° 24.196 y sus correlativas) que no sólo concedieron grandes beneficios tributarios, comerciales y de fiscalización en el plano nacional a las inversiones mineras, sino que además recortaron y limitaron drásticamente las facultades tributarias de las provincias, imponiéndoles la obligación de fijar regímenes de exenciones para impuestos provinciales, limitando las regalías a la ridícula tasa nominal del 3 % y, todavía más, permitiendo una abusiva definición del ‘valor de boca mina’ (base de cálculo de las regalías) que termina licuando aún más dicho gravamen (Leyes N° 24.228 y 25. 161). Estas leyes nacionales que efectivamente afectan de modo directo los intereses económicos de las provincias y recortan sus competencias fiscales, no han sido, extrañamente, motivo de ninguna ‘arenga federalista’.



En otro orden, el presunto ‘espíritu’ por la descentralización territorial del poder de los gobernantes y funcionarios de las provincias ‘mineras’ se ha mostrado sistemáticamente reticente a extender esa visión federalista al interior de las propias provincias, cuando ciertos municipios y sus poblaciones reclamaron ser tenidas en cuenta a la hora de decidir sobre la aceptabilidad y/o viabilidad o no de ciertos proyectos mineros. No. Al interior de las provincias ejercieron el más rígido centralismo político. Una vez más, escudándose en el ‘concepto’ de que los ‘recursos’ (mineros, en este caso) son de las provincias, sistemáticamente los gobernadores de San Juan, La Rioja y Catamarca burlaron las legítimas aspiraciones de las poblaciones de Jáchal, de Chilecito y Famatina, de Tinogasta y Andalgalá para decidir a través de un plebiscito, sobre la explotación o no de su subsuelo. En el caso de Beder Herrera, protagonizando uno de los más vergonzantes episodios de defraudación de la voluntad popular que mansilla nuestras instituciones. En los casos de San Juan y Catamarca, a través de extrañas resoluciones de las Cortes de Justicia de las respectiva provincias que prohibieron por ‘inconstitucionalidad’ los plebiscitos municipales… Extrañas democracias las nuestras, donde la expresión directa de la voluntad popular resulta violatoria de las Cartas Constitucionales…


Para decirlo claramente, estamos ante administraciones provinciales que en nombre del federalismo hacen un ejercicio cuasi-feudal del poder. Las contradictorias relaciones con la Nación y con los Municipios dan cuenta de una manifiesta y flagrante manipulación del ordenamiento territorial de las jurisdicciones para adecuarla espuriamente a los intereses extractivistas que operan como el verdadero poder fáctico en las provincias, los actores que, más allá de las disposiciones de la normatividad formal, ejercen un virtual dominio y control sobre los bienes ambientales de los territorios sometidos a la intervención de ‘los inversionistas’.


Si bien las motivaciones e intereses de las grandes corporaciones mineras están claras, cabe preguntarse por qué los gobernadores, legisladores y el funcionariado de las burocracias provinciales en general, funcionan como apéndices subordinados a los dictámenes de aquellas. Da la impresión que se trata de algo más complejo que simple y burda corrupción, aunque no haya que descartarla, ni desconsiderarla. Intuyo que se trata más bien de la anatomía política de estas estructuras feuderadas; me estoy refiriendo a la base de poder de los grupos dominantes locales en el marco de las específicas estructuras socioproductivas locales y a la correlativa forma de producción y gestión de la dominación política arraigada en estos contextos.



En efecto, al menos en las provincias que conforman el ‘núcleo duro del modelo minero’ (Svampa, Sola Alvarez y Bottaro, 2009: 157), es decir, San Juan, La Rioja y Catamarca, parece claro que estamos ante la presencia de estructuras políticas dominadas por ‘burguesías’ locales largamente arraigadas en una tradición eminentemente rentística y cuya base principal de poder reside no en la propiedad de sectores productivos ‘dinámicos’ de la economía local, sino más bien en la concentración histórica de la propiedad territorial y el acceso privilegiado y aún hasta la apropiación privada del aparato estatal.


La ausencia de núcleos locales de acumulación dinámicos favorece la ‘legitimación’ social de la gran minería transnacional como ‘única alternativa de progreso’ y conforma escenarios de luchas altamente asimétricos, donde el ‘desarrollismo minero’ no tiene, al parecer, antagonistas sociales ni alternativas económicas ‘de peso’, como sí ocurre, relativamente y por contraste, en las provincias donde hasta ahora se ha podido poner coto al expansionismo extractivista (Mendoza, Córdoba, Río Negro, Chubut).


Por otro lado, el control privado que los grupos dominantes locales ejercen sobre el propio aparato estatal, los convierte en un imprescindible interlocutor estratégico frente al capital transnacional para el procesamiento de la ‘gobernabilidad neocolonial’ en estas sociedades locales. Lejos de haber un potencial antagonismo entre proyecto de dominación global y grupos dominantes locales, se da una ‘perfecta complementación’ a través de lo que podríamos llamar el ‘pacto fiscal-feudal-minero’, esto es, un esquema de dominio político-económico basado en la articulación complementaria de los intereses del capital transnacional y las ‘burguesías’ patrimonialistas y rentistas locales: a cambio del apoyo político incondicional, de la ‘seguridad jurídica’ y el control de la conflictividad que los grupos dominantes locales proveen a las grandes empresas mineras, merced férreo control que ejercen sobre el aparato legal-represivo del estado, éstas aportan los recursos financieros necesarios para el sostenimiento del aparato estatal. Así, la mega-minería, en realidad implica un engrosamiento –por lo menos temporal- de los recursos fiscales y del presupuesto del aparato estatal (a sabiendas, la ‘base material de la ‘subsistencia’ de los grupos dominantes locales). Sobre la base de esta transferencia fiscal y del control de la ‘renta pública’, el grupo dominante local obtiene los recursos necesarios para alimentar sus estrategias de ‘legitimación política’ a través de la gestión de los apoyos electorales mediante el control del aparato asistencial-clientelar del estado.


Como hemos planteado en otro lugar (Machado Aráoz, 2007), la lógica del clientelismo político anida en contextos de burguesías patrimonialistas-rentísticas en las que la ‘lógica de los derechos’ es suplantada por la ‘lógica de los favores’ (Porto-Goncalves, 2006). Más allá de nombres y apellidos, los Gioja, Brizuela, Saadi, Maza, Beder Herrera, etc., son sólo detalles anecdóticos, fracciones emergentes, de una misma estructura básica de poder (patrimonial-rentístico) y de una misma lógica de gestión política de la ‘gobernabilidad’ (dominio asistencial-clientelar). Se trata propiamente de fracciones de una ‘burguesía’ local que -estructuradas desde el habitus de la apropiación privada de lo público-, viven, piensan y se sienten como dueñas de la provincia; de su tierra y de su gente. ‘Gente distinguida’, acostumbrada a hablar con ‘propiedad’, que habla de los territorios, de sus yacimientos y sus cursos de agua, como ‘cosa propia’; y de las poblaciones locales anteponiendo el adjetivo posesivo: somos literalmente ‘suyos’.


El pacto fiscal-feudal-minero es lo que, en definitiva, subyace a este extraño fe(u)deralismo repentinamente resurgido como síntoma, en el debate en torno a la ‘propiedad’, el uso y control de los glaciares. Se puede ver sus ominosas consecuencias políticas en términos de las posibilidades y alternativas hacia una auténtica democratización de nuestras sociedades que dicho ‘pacto’ implica. No menos gravosas son, por cierto, sus implicaciones socioecológicas.



Desde este punto de vista, el fe(u)deralismo minero implica una economía política de la expropiación, es decir, la imposición de un modelo de explotación extractiva de los bienes naturales de nuestros territorios, como insumos estratégicos de cadenas de industrialización y de consumo exógenas. El modelo minero de ‘desarrollo’ no es otra cosa que una nueva versión de un viejo fenómeno del colonialismo: una ‘economía de enclave’ implantada como ‘bomba extractora’ de recursos naturales críticos exclusivamente orientada a satisfacer la voracidad consumista del ‘mundo desarrollado’, ese que se consume el 80 % de las materias primas y la energía del mundo, a costa de la expropiación global de los países ‘subdesarrollados’ (Porto-Goncalves, 2001). Ese extractivismo minero-hídrico-energético global, implica, en el plano local, el literal vaciamiento inseparablemente ecológico/económico de los territorios sobre los que opera, generando condiciones estructurales de dependencia e inviabilidad estructural para las poblaciones locales, así ‘des-terradas’ en su propio suelo (Machado Aráoz, 2009).


En términos ecológico-políticos, una economía de enclave implica una operación quirúrgica sobre los territorios y las poblaciones intervenidas. Territorios amputados, que dejan de ser fuente de provisión y sustento de las socio-bio-economías locales; geoeconómicamente expropiados de sus entornos locales para convertirse en eslabones subordinados de cadenas ‘productivas’ globales, comandados en sus vértices por las corporaciones que manejan la extracción, el procesamiento y el comercio mundial de materias primas, en este caso, minerales (Sánchez Albavera y Lardé, 2004). Amputación territorial que para resultar ‘viable’ precisa de una fenomenal dosis de ‘anestesia’ biopolítica. La ilusión monetaria de la prosperidad pasajera, propia de las economías de enclave en sus fases de auge, proporciona las ‘anestesias sociales’ que adormecen e insensibilizan a las poblaciones expropiadas de sus territorios (Scribano, 2007). La gran maquinaria clientelar –siempre asentada sobre la lógica del favor y no del ‘derecho’; siempre con-sagrando la sensación de ‘deuda’ del que recibe respecto del que ‘da’- aceitada por la ‘renta minera’, provee esas fenomenales dosis que mantienen anestesiadas a buena parte de nuestras poblaciones… Territorios amputados / poblaciones anestesiadas: tal la ecuación eco-biopolítica de la expropiación en contextos neocoloniales…


Por ‘desgracia’ para los Gioja, los Beder Herrera y los Brizuela, hay crecientes segmentos poblacionales a los que estas ‘anestesias’ ya no les hacen efecto. Grupos rebeldes descreídos del culto promesante del ‘desarrollo’; ‘nuevos’ in-civilizada/os que aborrecen del ‘progreso’ y que pretenden nuevos horizontes y nuevos paradigmas de vida; modelos de con-vivencia basada en el respeto, la reciprocidad y la justicia quebradas… Como la multitud que el pasado miércoles 29 de septiembre nos dimos cita frente al Congreso para pedir la protección de nuestras fuentes de agua; y que –mal que le pese a Gioja- no se trataba sólo de ‘porteños’, sino que habíamos también muchos ‘provincianos’, catamarqueñ@s, riojan@s, sanjuanin@s, mendocin@s, rionegrin@s, chubutenses, jujeñ@s y salteñ@s, congregados en torno a la Unión de Asambleas Ciudadanas y a otras organizaciones sociales que estábamos ahí con mucho esfuerzo, para poner un freno a la voracidad extractivista… Para ‘grupos’ como éstos, para nosotros, la dádiva clientelar no logra ‘compensar’ la devastación de los territorios, fuentes de vida; no entran en la lógica de la negociación, porque, para éstos, ‘el agua vale más que el oro’ y ‘la tierra no se vende’… Están literalmente fuera de la ‘racionalidad’ del mundo… Eso, que es motivo de descalificación para algunos, es para nosotros una fuente de esperanza.


Catamarca, 2 de Octubre de 2010

[1] La “Declaración de las provincias cordilleranas: Afirmación de sus competencias en materia de cuidado ambiental”, firmada en julio pasado por los gobernadores de Jujuy, Salta, Catamarca, La Rioja, San Juan, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego, afirmaba: “en pleno ejercicio del federalismo, y en uso de sus facultades, competencias y jurisdicciones, las provincias cordilleranas deseamos manifestar: 1. Que de conformidad con el Artículo 124 de la Constitución Nacional todos los Recursos Naturales incluidos los glaciares son del dominio de aquella provincia en cuyo dominio se encuentre.”
Al mismo tiempo que gobernadores ‘cordilleranos’ y sus respectivos secretarios de minería desfilaban por el Congreso para reclamar que se respete la autonomía de las Provincias, y donde se pedía a los legisladores nacionales que confíe en las competencias de las provincias, que sabían cuidar bien de sus recursos sin la necesidad del ‘amparo’ de la ‘Nación’, la Cámara Argentina de Empresas Mineras publicaba una solicitada a página completa en los principales diarios provinciales y de circulación nacional en la que afirmaba que “en todas las provincias, los proyectos mineros están sometidos a estrictas evaluaciones ambientales multidisciplinarias y a rigurosos controles…”, señalando además que “la protección y conservación de las cuencas hídricas es prioritaria para el sector minero”.
En una entrevista publicada por Pregón Minero al presidente de la Cámara Minera de San Juan, Ing. Jaime R. Bergé esto decía sobre los glaciares:
- Pregunta: El tema de los Glaciares, cómo los afecta?
Bergé: “Afecta bastante. San Juan tiene glaciares y nosotros queremos preservarlos. La gente tiene un concepto medio confuso de los glaciares… (…) En San Juan se ha hecho todo un estudio provincial que ha delimitado todos los glaciares que tiene San Juan y esos, por ley, en San Juan se van a proteger. Nosotros estamos tomando la posibilidad de proteger los glaciares, no así la estupidez de cualquier charco congelado…”
P.: O esa que es la Provincia la que controla los glaciares.
Bergé: “Exactamente. Es más, por ejemplo, el día que usemos el agua de los glaciares de San Juan, tanto el río Jáchal como el río San Juan no llegan a ríos de otras provincias. El agua se queda en el territorio de San Juan. Así que es nuestra. La usamos nosotros y la queremos aprovechar y no tienen que legislar sobre nuestras aguas la gente de Buenos Aires, que tiene que resolver un problema como el del Riachuelo y un montón de otros problemas que tienen. Que se dediquen a resolver los problemas de la pampa húmeda que también son grandes.


Bibliografía citada:


Machado Aráoz, H. (2007) “Economía Política del Clientelismo. Democracia y Capitalismo en los márgenes”, Encuentro Grupo Editorial, Fac. de Humanidades (Unca), Be.Pe., Catamarca.


Machado Aráoz, H. (2009) “Minería transnacional, conflictos socioterritoriales y nuevas dinámicas expropiatorias. El caso de Minera Alumbrera”. En Svampa y Antonelli (Edits.) “Minería transnacional , narrativas del desarrollo y resistencias sociales”, Biblos, Bs. As.


Machado Aráoz (2009b), “Auge minero y dominación neocolonial en América Latina. Ecología política de las transformaciones socioterritoriales neoliberales”. En “Latinoamérica Interrogada”, Memorias XXVII CONGRESO ALAS, Fac. de Ciencias Sociales, UBA, Bs. As.


Porto-Goncalves, C.W. (2001) “El desafío ambiental”. PNUMA, México.


Porto Goncalves, Carlos Walter (2006) “A Reinvencâo dos Territórios: a experiencia latino-amêricana e caribenha”. En “Los desafíos de las emancipaciones en un contexto militarizado”, Ceceña, Ana E., Clacso, Buenos Aires.


Sánchez-Albavera, F. y Lardé, J. (2006) “Minería y competitividad internacional en América Latina”. CEPAL, Sgo. De Chile.
Scribano, A. (2007) “La sociedad hecha callo: conflictividad, dolor social y regulación de las sensaciones”. En Scribano (Comp.) “Mapeando Interiores. Cuerpo, Conflicto y Sensaciones”. Sarmiento, Córdoba.


Svampa, Maristella y Antonelli, Mirta (Edits.) (2009) “Minería transnacional, narrativas del desarrollo y resistencias sociales”. Editorial Biblos, Buenos Aires.


Svampa, M., Sola Álvarez, M., Bottaro, L. (2009) “Los movimientos contra la minería metalífera a cielo abierto: escenarios y conflictos. Entre el ‘efecto Esquel’ y el ‘efecto Alumbrera’”. En Svampa y Antonelli (Edits.) “Minería transnacional, narrativas del desarrollo y resistencias sociales”. Editorial Biblos, Buenos Aires.

COMUNICADO: NO AL AVANCE CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

El Bolsón (ANPP).- Los trabajadores agrupados en la Asociación de Docentes Universitarios, gremio de base de la Conadu Histórica y parte de la CTA, rechaza la quita de fueros sindicales que quiere llevar a cavo el gobernador de Chubut.

NO A LA QUITA DE LOS FUEROS SINDICALES

Desde la Asociación de Docentes Universitarios, gremio de base de la Conadu Histórica y parte de la CTA, nos manifestamos en contra del proyecto del gobernador Das Neves de avanzar en una reforma constitucional para quitar los fueros sindicales en el ámbito de la provincia. Este avance sobre derechos claves de los representantes sindicales se realiza con el fin de terminar de dominar y sojuzgar a los sindicatos que dan la pelea por los derechos de los trabajadores y para terminar de acallar las voces en contra de este gobierno autoritario y de sus grandes negociados, como la renegociación a perpetuidad del petróleo o el intento de avance de la megaminería.
Con la excusa de algunos escasos casos de delegados sindicales que estuvieron envueltos en delitos comunes, Das Neves aprovecha para intentar generar la legitimidad social que le permita avanzar sobre los fueros sindicales, quitando una herramienta fundamental para cualquier trabajador sindicalizado. A partir de esa reforma ningún trabajador tendría derecho a defenderse contra los ataques de la patronal, ni tendría herramientas para defender a sus compañeros de trabajo, ya que estaría absolutamente indefenso ante el poderío de sus patrones.
En este sentido desde ADU nos sumamos a las voces críticas a este proyecto, por ahora centralmente las de la CGT, y manifestamos nuestro acompañamiento a las medidas de lucha que se decidan realizar para impedir este atropello a nuestros más elementales derechos democráticos.

Asociación de Docentes Universitarios
Integrante de la CONADU Histórica y la CTA

ALOJARÁN A LOS PRESOS EN FORMA PROVISORIA EN OTRAS DEPENDENCIAS DE LA COMISARÍA

Lago Puelo (Grupo taller de periodismo ISFD ).- El juez de Bariloche Martín Losada ordenó ayer la clausura de dos calabozos de la comisaría 12ma de El Bolsón.
El sábado 25 de septiembre la legisladora rionegrina Beatriz Contreras había realizado una inspección sorpresa, acompañada por vecinos e integrantes del Colectivo Militante por los DDHH, Unter El Bolsón y Radio La Negra.
Los antecendentes de las denuncias realizadas y reconocidas las irregularidades edilicias, motivaron la clausura.
Según explicó el subcomisario de la comisaría 12ma, Carlos Cabrera, en el noticiero de Canal 4, "la clausura no afecta las tareas generales de prevención que desarrolla la comisaría".
"Contamos con nueve o diez dependencias para alojar los detenidos de emergencia y se ha destinado un baño para uso exclusivo de los detenidos", explicó el subcomisario.
Además, aseguró que se están haciendo refacciones y que se espera que pronto habiliten nuevamente uno de los calabozos.

LEY DE PRESUPUESTOS MÍNIMOS PARA LA PRESERVACIÓN DE LOS GLACIARES Y DEL AMBIENTE PERIGLACIAL

El Bolsón (ANPP).- Este es el texto de la ley sancionada el pasado viernes luego de una votación muy ajustada.

Artículo 1° – Objeto.

La presente ley establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano; para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de la biodiversidad; como fuente de información científica y como atractivo turístico.

Los glaciares constituyen bienes de carácter público.

Art. 2° – Definición.

A los efectos de la presente ley, se entiende por glaciar toda masa de hielo perenne estable o que fluye lentamente, con o sin agua intersticial, formado por la recristalización de nieve, ubicado en diferentes ecosistemas, cualquiera sea su forma, dimensión y estado de conservación. Son parte constituyente de cada glaciar el material detrítico rocoso y los cursos internos y superficiales de agua.

Asimismo, se entiende por ambiente periglacial en la alta montaña, al área con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico. En la media y baja montaña al área que funciona como regulador de recursos hídricos con suelos saturados en hielo.

Art. 3º – Inventario.

Créase el Inventario Nacional de Glaciares, donde se individualizarán todos los glaciares y geoformas periglaciares que actúan como reservas hídricas existentes en el territorio nacional con toda la información necesaria para su adecuada protección, control y monitoreo.

Art. 4º – Información registrada.

El Inventario Nacional de Glaciares deberá contener la información de los glaciares y del ambiente periglacial por cuenca hidrográfica, ubicación, superficie y clasificación morfológica de los glaciares y del ambiente periglacial. Este inventario deberá actualizarse con una periodicidad no mayor de 5 años, verificando los cambios en superficie de los glaciares y del ambiente periglacial, su estado de avance o retroceso y otros factores que sean relevantes para su conservación.

Art. 5º – Realización del Inventario.-

El inventario y monitoreo del estado de los glaciares y del ambiente periglacial será realizado y de responsabilidad del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) con la coordinación de la autoridad nacional de aplicación de la presente ley.
Se dará intervención al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto cuando se trate de zonas fronterizas pendientes de demarcación del límite internacional previo al registro del inventario.Art. 6º – Actividades prohibidas.

En los glaciares quedan prohibidas las actividades que puedan afectar su condición natural o las funciones señaladas en el artículo 1º, las que impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance, en particular las siguientes:

a) La liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial.

b) La construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para la investigación científica y las prevenciones de riesgos.

c) La exploración y explotación minera e hidrocarburífera. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial.

d) La instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales.

Art. 7º – Evaluación de impacto ambiental.

Todas las actividades proyectadas en los glaciares y en el ambiente periglacial, que no se encuentran prohibidas, estarán sujetas a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica, según corresponda conforme a su escala de intervención, en el que deberá garantizarse una instancia de participación ciudadana de acuerdo a lo establecido en los artículos 19, 20 y 21 de la ley 25.675 –Ley General del Ambiente–, en forma previa a su autorización y ejecución, conforme a la normativa vigente.

Se exceptúan de dicho requisito las siguientes actividades:

a) De rescate, derivado de emergencias;

b) Científicas, realizadas a pie o sobre esquíes, con eventual toma de muestras, que no dejen desechos en los glaciares y el ambiente periglacial;

c) Deportivas, incluyendo andinismo, escalada y deportes no motorizados que no perturben el ambiente.

Art. 8º – Autoridades competentes.

A los efectos de la presente ley, será autoridad competente aquella que determine cada jurisdicción. En el caso de las áreas protegidas comprendidas por la ley 22.351, será autoridad competente la Administración de Parques Nacionales.


Art. 9º – Autoridad de aplicación.

Será autoridad de aplicación de la presente ley el organismo nacional de mayor nivel jerárquico con competencia ambiental.

Art. 10. – Funciones.

Serán funciones de la autoridad nacional de aplicación:

a) Formular las acciones conducentes a la conservación y protección de los glaciares y del ambiente periglacial, en forma coordinada con las autoridades competentes de las provincias, en el ámbito del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), y con los ministerios del Poder Ejecutivo Nacional en el ámbito de sus respectivas competencias;

b) Aportar a la formulación de una política referente al cambio climático acorde al objetivo de preservación de los glaciares, tanto en la órbita nacional, como en el marco de los acuerdos internacionales sobre cambio climático;

c) Coordinar la realización y actualización del Inventario Nacional de Glaciares, a través del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla);

d) Elaborar un informe periódico sobre el estado de los glaciares existentes en el territorio argentino, así como los proyectos o actividades que se realicen sobre glaciares o sus zonas de influencia, el que será remitido al Congreso de la Nación;

e) Asesorar y apoyar a las jurisdicciones locales en los programas de monitoreo, fiscalización y protección de glaciares;

f) Crear programas de promoción e incentivo a la investigación;
g) Desarrollar campañas de educación e información ambiental conforme los objetivos de la presente ley;

h) Incluir los principales resultados del Inventario Nacional de Glaciares y sus actualizaciones en las comunicaciones nacionales destinadas a informar a la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático.

Art. 11. – Infracciones y sanciones.

Las sanciones al incumplimiento de la presente ley y de las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieran corresponder, serán las que se fijen en cada una de las jurisdicciones conforme el poder de policía que les corresponde, las que no podrán ser inferiores a las aquí establecidas.

Las jurisdicciones que no cuenten con un régimen de sanciones aplicarán supletoriamente las siguientes sanciones que corresponden a la jurisdicción nacional:

a) Apercibimiento;

b) Multa de cien (100) a cien mil (100.000) sueldos básicos de la categoría inicial de la administración pública nacional;

c) Suspensión o revocación de las autorizaciones. La suspensión de la actividad podrá ser de treinta (30) días hasta un (1) año, según corresponda y atendiendo a las circunstancias del caso;

d) Cese definitivo de la actividad.

Estas sanciones serán aplicables previo sumario sustanciado en la jurisdicción en donde se realizó la infracción y se regirán por las normas de procedimiento administrativo que corresponda, asegurándose el debido proceso legal, y se graduarán de acuerdo a la naturaleza de la infracción.

Art. 12. – Reincidencia.

En caso de reincidencia, los mínimos y máximos de las sanciones previstas en los incisos b) y c) del artículo anterior podrán triplicarse. Se considerará reincidente al que, dentro del término de cinco (5) años anteriores a la fecha de comisión de la infracción, haya sido sancionado por otra infracción de causa ambiental.

Art. 13. – Responsabilidad Solidaria.

Cuando el infractor fuere una persona jurídica, los que tengan a su cargo la dirección, administración o gerencia, serán solidariamente responsables de las sanciones establecidas en la presente ley.

Art. 14. – Destino de los importes percibidos.

Los importes percibidos por las autoridades competentes, en concepto de multas, se destinarán, prioritariamente, a la protección y restauración ambiental de los glaciares afectados en cada una de las jurisdicciones.

Art. 15. – Disposición transitoria.

En un plazo máximo de sesenta (60) días a partir de la sanción de la presente ley, el Ianigla presentará a la autoridad nacional de aplicación un cronograma para la ejecución del inventario, el cual deberá comenzar de manera inmediata por aquellas zonas en las que, por la existencia de actividades contempladas en el artículo 6°, se consideren prioritarias. En estas zonas se deberá realizar el inventario definido en el artículo 3 en un plazo no mayor de 180 días.

Al efecto, las autoridades competentes deberán proveerle toda la información pertinente que el citado instituto le requiera.

Las actividades descritas en el artículo 6º, en ejecución al momento de la sanción de la presente ley, deberán, en un plazo máximo de 180 días de promulgada la presente, someterse a una auditoría ambiental en la que se identifiquen y cuantifiquen los impactos ambientales potenciales y generados. En caso de verificarse impacto significativo sobre glaciares o ambiente periglacial, contemplados en el articulo 2 las autoridades dispondrán las medidas pertinentes para que se cumpla la presente ley, pudiendo ordenar el cese o traslado de la actividad y las medidas de protección, limpieza y restauración que correspondan.

Art. 16. – Sector Antártico Argentino.

En el Sector Antártico Argentino, la aplicación de la presente ley estará sujeta a las obligaciones asumidas por la República Argentina en virtud del Tratado Antártico y del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente.

Art. 17.- La presente ley se reglamentará en el plazo de 90 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 18. – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

SOBRE EL ARTICULO 17 Y LA LEY DE GLACIARES APROBADA

El Bolsón (ANPP).- Luego de la aprobación de la ley de glaciares, empezaron a aparecer algunas dudas respecto de la misma, y sobre todo por el articulo 17, los compañeros de la UAC nos informan al respecto.

Prensa Unión de Asambleas Ciudadanas Informa 2 de octubre de 2010
SOBRE EL ARTICULO 17 Y LA LEY DE GLACIARES APROBADA

Este comentario pretende frenar las dudas de los compañeros que nos escriben sobre el artículo 17 que fuera eliminado del proyecto con media sanción en diputados.

El artículo 17 establecía la paralización de toda actividad en alta montaña hasta que el Instituto de glaciología (IANIGLA) terminara de hacer el inventario de glaciares en la cordillera (decía que "en las áreas potencialmente protegidas" por la ley "no se autorizará la realización de nuevas actividades hasta tanto no esté finalizado el inventario" de glaciares y de zonas periglaciales).
El artículo no paralizaba Pascua-Lama por ejemplo.

El ARTÍCULO 17 FUE PROPUESTO (en reuniones durante el consenso Filmus-Bonasso) con el objeto de que NO se adjudiquen nuevas concesiones mineras hasta no tener mapeados y registrados todos los glaciares, pero ante la magnitud de las áreas mineras adjudicadas al presente no modifica gran cosa. En realidad todo pasa por la reglamentación rápida de la ley una vez que la ratifique el ejecutivo. El inventario se debe hacer rápido (leer lo que sigue) comenzando por los lugares donde ya intervienen las mineras.

Advertimos que:

a) En la ley original (Maffei 2008) vetada por la presidente C. Kirchner, no figuraba tal artículo 17. Se decidió agregarlo –como dijimos- para apurar el inventario de glaciares (para algunos compañeros era negociable). Es cierto también que puede llevar más tiempo de lo previsto inventariar los glaciares. Sin embargo IANIGLA sostuvo que comenzará por los sitios donde ya hay actividad minera, porque además la ley lo pide. ESTO HABRA QUE CONTROLARLO DESDE EL MISMO INSTANTE DE SANCIONADA LA LEY). De modo que en Veladero, Pascua- Lama, Pachón, etc. habrá que proceder con celeridad. Recordamos que el art. 4 dice “Este inventario (de los glaciares) deberá actualizarse con una periodicidad no mayor de 5 años, verificando los cambios en superficie de los glaciares y del ambiente periglacial, su estado de avance o retroceso y otros factores que sean relevantes para su conservación.”

b) Sabemos también que la ley no prohíbe la minería. Prohibir el azote de la megaminería a cielo abierto será motivo de próximos proyectos de ley que ya se están estudiando.

c) Artículos vitales: PASAMOS A REFRESCAR LA MEMORIA DE LOS MAYORES LOGROS DE LA LEY. EL ART. 2: “A los efectos de la presente ley, se entiende por glaciar toda masa de hielo perenne estable o que fluye lentamente, con o sin agua intersticial, formado por la recristalización de nieve, ubicado en diferentes ecosistemas, cualquiera sea su forma, dimensión y estado de conservación. Son parte constituyente de cada glaciar el material detrítico rocoso y los cursos internos y superficiales de agua. Asimismo, se entiende por ambiente periglacial en la alta montaña, al área con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico. En la media y baja montaña al área que funciona como regulador de recursos hídricos con suelos saturados en hielo.
El art. 6° habla de prohibiciones. Leerlo.

d) Las asambleas y comunidades afectadas por la actividad minera, por ejemplo, contarán con el art. 7: "Todas las actividades proyectadas en los glaciares y en el ambiente periglacial, que no se encuentran prohibidas, estarán sujetas a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica, según corresponda conforme a su escala de intervención, en el que deberá garantizarse una instancia de participación ciudadana de acuerdo a lo establecido en los artículos 19, 20 y 21 de la ley 25.675 –Ley General del Ambiente–, en forma previa a su autorización y ejecución, conforme a la normativa vigente. (Los artículos señalados, de la ley 25.675, se refieren a plebiscitos, consulta popular, etc.).

e) Implementar rápidamente la ley dependerá de como actuemos y presionemos de aquí en adelante. Creemos que esa es la etapa inmediata de las comunidades, asambleas y auto convocados involucrados. SERA UNA DE LAS TAREAS FUNDAMENTALES DE LA UNION DE ASAMBLEAS CIUDADANAS (UAC).

UNION DE ASAMBLEAS CIUDADANAS (UAC)-EL OTRO BICENTENARIO-CATEDRA AMERICANISTA

MAS GATILLO FÁCIL EN EL CONURBANO

(AW) La atención de este medio fue casi totalmente captada ayer por los graves hechos ocurridos en Ecuador, pero sería inminente la salida a luz de otro grave caso de gatillo fácil. Esta vez habría ocurrido el domingo pasado en la zona de Fiorito e Ing Budge. Los/as vecinos/as cortaron el miércoles el Puente La Noria y el camino Negro, indignados con el accionar de la policía, que habría causado la muerte de dos jóvenes, y otro más se habría salvado de milagro. Insistimos en que la información es muy escasa y confusa pero este audio de una entrevista realizada a un integrante de la CORREPI nos aclara un poco la situación.


Aunque en su generalidad, los medios de comunicación ni se enteraron, el miércoles se produjo una movilización en la zona de Fiorito e Ing Budge, debido al asesinato de dos jóvenes, de nombre Sergio (Pérez) y Walter (no contamos con su apellido). Los jóvenes habrían recibido 3 tiros en la espalda, y el hecho contaría con muchísimos testigos. Recién se estaría armando el expediente , las versiones aún no son firmes, son contradictorias, pero muchos testigos alegarían que el policía gatilló al aire para hacer pasar el hecho por un enfrentamiento y fingir que los chicos eran malvivientes. D`Alessandro, de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional, indica que los sucesos acontecieron a los 10 minutos que salieron de sus casas; y que habría un sobreviviente. Los patrulleros estarían buscando a los amigos de las víctimas para amedrentarlos, pero el hecho habría sido muy alevoso, una de la razones por las cuales la movilización habría sido tan grande en el barrio, aunque las familias implicadas en estos casos mayormente no se animan a relatar lo sucedido.
Luego de las declaraciones de D`Alessandro, se iba a producir una reunión con la Dra Carmen Verdú y los familiares de estos jóvenes para intentar hacer la querella.
Para oir la entrevista a Diego D`Alessandro de CORREPI:

OPINION: LAS CASUALIDADES RATIFICAN QUE NUNCA EXISTEN

por Patricia Fortino

“Zapatero a tus zapatos, banqueros dedíquense a la cuestión financiera. Tienen hasta octubre para vender sus medios de comunicación y para vender sus empresas. O son banqueros o son industriales, periodistas, pero no pueden ser las dos cosas” Rafael Correa (Julio 2010)


¿Hasta cuándo las venas de esta América Latina seguirán abiertas?
Difícil dar una respuesta. Pero ha llegado el tiempo en que a pesar de los intentos por bajar nuestras democracias, los pueblos y los Gobiernos están unidos para evitarlo.
Los amigos de nuestros enemigos, en toda la región son los mismos. Para poner blanco sobre negro basta con observar que ante este intento gorila y desestabilizador en el hermano pueblo de Ecuador quedan descaradamente expuestos los poderosos, los dueños de casi todo hasta la llegada del compañero Correa al Gobierno.
En aquella declaración del pasado mes de julio el Presidente Correa finalizaba diciendo:
"Es un golpe histórico a los poderes fácticos de este país, así que cuidado que van a intentar que no lleguemos hasta octubre porque en octubre los bancos que eran dueños de este país y de medio mundo van a tener que vender todas sus empresas no financieras o, viceversa, van a tener que vender el banco"
Cabe analizar lo impúdico de la intentona golpista de ayer, considerando esta inteligente decisión política de aplicar (nada más ni nada menos) lo que la Constitución legisla. Limita lo obsceno que a días de la aplicación de la medida un grupo insubordinado de agentes de la Policía Nacional de Ecuador levantando consignas por “derechos caídos” se sublevan para golpear al Gobierno.
Los “poderes fácticos” a los que el Presidente Correa se refería en el discurso citado no son la “Policía Nacional de Ecuador”, esto podemos entenderlo a simple vista.
¿Quiénes están detrás de este plan golpista? ¿Quiénes son los fantasmas locales y regionales que deambulan penando por todos nuestros países haciendo gala de viejas usanzas en contra de los intereses de los pueblos?
Con los intentos fallidos sobre Venezuela, Bolivia, Paraguay y ahora Ecuador, con el golpe dado a Honduras, con la avanzada de la derecha sobre Chile y Perú, con su consolidación en Colombia ¿Quién duda en Argentina sobre el encubierto golpe que se tejió detrás de los hilos de la escabrosa 125? ¿Quién cree que tratar de cambiar leyes de la dictadura por leyes de la democracia, como lo es la Ley de Medios, es “avasallar derechos sobre la libertad de prensa”? ¿Quién puede sostener la mirada mientras acusa de “incorrectas” las declaraciones de Hebe sobre el manejo indiscrecional de algunos jueces al aplicar justicia? ¿Quién aún puede tener por buena la noticia cotidiana de inseguridad sin dejar de percibir la intencionalidad oculta?
Somos muchos los que ya no cambiamos oro por espejitos de colores, a pesar de tener aún las venas abiertas.
Nos duele Honduras, nos preocupa toda la América Grande, nos mantiene atentos nuestra vocación democrática.
Los gorilas golpistas, cipayos locales, y sus aliados en el exterior deberán entender que en estos tiempos revolucionarios los que corren peligro no somos los demócratas. Que los vulnerables no son los Gobiernos elegidos por los pueblos. En definitiva deberán entender que por fin y con el apoyo de los pueblos que legitiman el poder de los gobernantes, los acechados, de una vez por todas, son ellos.
Cada vez que tocamos los intereses de los poderosos, los pueblos sabemos a qué nos arriesgamos. Nos arriesgamos a pesar de conocer las posibles consecuencias. Y nos arriesgamos porque no estamos dispuestos a perder la alegría.
Esa alegría que solo tienen los pueblos que se sienten bien representados.

NOTA ESCRITA POR DOS COMPAÑERAS DESDE JAMBELI ECUADOR

El Bolsón (ANPP).- La siguiente nota fue redactada por dos compañeras que se encuentran viajando y nos mandan desde Ecuador su apreciación de los acontecimientos del día jueves 30 de septiembre.

JAMBELI, 1° de octubre de 2010, 19:45 hora local.

Al sur del Ecuador, en Jambeli, provincia del Oro, nos encontramos viviendo una impactante situación.
Durante todo el día tratamos de obtener información de lo que pasa en el país, sin lograrlo.
Los diarios no llegan a la ciudad de Machala, es importante aclarar que dicha cuidad es la más próxima a la isla donde estamos, es la capital de la provincia del Oro y es la quinta cuidad en importancia del Ecuador.
Las radios que están a nuestro alcance, no transmiten en directo nada de la situación ecuatoriana, solo se limitan a retransmitir programas ya emitidos, programas de entretenimiento, de fútbol y de música.
Sabemos por nuestros vecinos, que tuvieron oportunidad de llegar a Machala que la cuidad se encuentra militarizada y con poco movimiento en sus calles.
por esto les pedimos que nos retransmitan la información que puedan brindarnos.
En estos momentos GamaTV se encuentra brindando informes de lo acontecido hasta el momento y a la espera de lo que se resuelva en las reuniones oficiales que se realizan en estos momentos.

Valeria Ferreira y Yanina Aleuy

viernes, 1 de octubre de 2010

OPINIÓN: APRENDER A LOS GOLPES

-El Golpe contra Manuel Zelaya es la puerta de entrada de un nuevo proceso golpista en la región- se animaron a aventurar algunos intelectuales de diversos ámbitos en aquel entonces.
La Noticia de que Rafael Correa presidente de Ecuador, se encontraba secuestrado en el hospital policial luego de haber sido victima de un intento de asesinato en manos de la policía local, nos movilizó de manera a todos quienes estamos interesados y hasta porque no esperanzados en este nuevo proceso político que esta viviendo Latinoamérica luego de la destrucción neoliberal.
Mucho se ha escrito ya sobre el poder militar en América del Sur y el Caribe, la base del poder de las fuerzas armadas desde los procesos constitutivos de los estados nacionales post coloniales, sus vinculaciones con los poderes económicos locales, y el encuadramiento ideológico de los mismos con las doctrinas norteamericanas hacia lo que históricamente ha sido considerado como su patio trasero.
La historia nos ha mostrado también en numerosas oportunidades la vinculación de los procesos golpistas con estrictas relaciones de intervención de estados democráticos en los procesos de acumulación de capital, y como los sectores concentrados del capital en triangulación con las variables de la política exterior norteamericana y el rol y poder de las fuerzas armadas en cada uno de los contextos regionales, determinaban la interrupción de todo proyecto político que no desarrollara el modelo económico acorde a las necesidades y características de la burguesía local aliada con el capital externo.
La pregunta que gira, es ¿hasta que punto el espiral de la historia vuelve a caminar por los mismos pasos trazados a lo largo de todo el siglo XX?
Al mismo tiempo, con algo mas quizás de perspectiva del tiempo histórico podemos afirmar que lo que está en juego aquí no es solamente la continuidad de los procesos de transformación emancipadora sostenidos por los distintos proyectos politicos regionales, sino mas profundamente lo que está en juego aquí es la posibilidad de transformación social en el marco de la herencia de las democracias burguesas.
La gran mayoría de las conquistas sociales ( con excepción del caso cubano) logradas en los países de América Latina en el siglo XX, fueron sistemáticamente bastardeadas, limitadas y hasta incluso abolidas por los procesos golpistas que interrumpieron los espacios democráticos que comenzaron a entrar en profunda contradicción con su poder económico, claro está, siempre tutelados por los grupos económicos concentrados que debieron golpear las puertas de los cuarteles para apropiarse del poder politico que les negaban las urnas.
La profundización de esta lógica llego a sus puntos mas determinantes con los procesos dictatoriales desarrollados en la década de los 70, que sirvieron como puerta de entrada a las políticas neoliberales de acumulación a destajo, destrucción de las funciones sociales y redistributivas de los estados y su estructura productiva, el desmembramiento del tejido social y su respectivo disciplinamiento con el objetivo de borrar cualquier rastro de democracia económica y acompañado con el discurso categórico del fin de la historia, para exterminar también la esperanza de cambio social.
Mas de 30 años llevó la recomposición de la esperanza, y el trabajo del nuevo topo antes de salir a la luz. Dentro de los marcos institucionales de las democracias mentadas en el mismo siglo XX que vio aniquilarlas, se fueron gestando las nuevas experiencias liberadoras de Evo Morales en Bolivia, Hugo Chavez en Venezuela, Rafael Correa en el Ecuador, Lula da Silva en Brasil y Néstor y Cristina Kirchner en Argentina.
Sin entrar en análisis exhaustivos que puedan cuestionar o indagar acerca de el potencial de verdadera transformación económica, política y social de cada uno de los proyectos políticos mencionados, somos testigos diariamente de la concepción que por lo menos los sectores mas concentrados del capital tienen de ellos, y de los proyectos destituyentes desarrollados por diversos actores políticos y económicos de cada realidad: La derecha conservadora neoliberal, las burguesías regionales adueñadas de los recursos productivos de cada uno de los espacios económicos y los monopolios corpomediáticos del capital financiero.
A diferencia de lo ocurrido durante el siglo XX en donde las fuerzas armadas recibían el llamado patriótico de las burguesías trasvestidas de nacionales, hoy la situación ha cambiado. Cada uno de los dirigentes latinoamericanos que han encaminado procesos de transformación ha sabido que parte fundante de su proyecto era la subordinación de las fuerzas armadas al poder político, plan elaborado y llevado a la practica minuciosamente por cada uno de los gobiernos. En el caso de la argentina, esto se vio acompañado por un profundo avance en la política de derechos humanos y juzgamiento a los represores serviles del capital transnacional que tomaron el poder en la dictadura de 1976.
Las particularidades que si tiene la actual coyuntura y que derterminan su carácter destituyente residen en la construcción y deformación de la realidad sostenidas por las corporaciones mediáticas sin distinción en cada uno de los nuevos espacios políticos latinoamericanos. El manejo falaz, servil y vergonzoso de la información por parte de estos grupos económicos destinados a la construcción de “sentido común” han socavado de manera recurrente la base de autoridad popular construida por los gobiernos en cuestión, y ha llamado o instigado implícitamente a levantamientos populares o armados contra los gobiernos elegidos; con resultados disímiles, pero con manipulaciones mediáticas y operaciones de prensa referidas al autoritarismo, la falta de independencia de poderes, la falta de libertad de empresa trasvestida de prensa, infiltración castrista, delincuencia expropiadora, etc, temas que han encontrado su mejor ámbito de germinación en los sectores medios educados por los mismos medios y que han contribuido notablemente a disminuir la velocidad en las transformaciones encaminadas.
Existen cientos de ejemplos que permiten graficar el poder operacional de estas corporaciones, pero basta con hacer las lecturas correspondientes en el caso venezolano en donde se convocó por tv a destituir al presidente Hugo Chavez, o las repercusiones mediáticas de la Ley de medios y la resolución 125 sobre retenciones a la exportación de la burguesía agraria en Argentina..
Fusionados con los remanentes sin vergüenza de la patria neoliberal, apelan a la descalificación de los nuevos procesos de participación ciudadana, construyendo una realidad absolutamente distorsionada; pero la pata ausente a estos procesos destituyentes gira en torno a la falta de una fuerza represiva capaz de ejecutar los planes de la derecha concentrada.
Quizás sea por eso notable, la participación en estos últimos procesos golpistas o intentonas de los mismos, de distintas variantes de policías locales como paladines de la “restauración”. En el caso de argentina, la desaparición de Julio López en pleno proceso de avance de la justicia sobre los delitos de lesa humanidad cometidos por la policía Bonaerense, fue un llamado de atención durísimo sobre la vigencia del aparato represivo de la derecha nacional.
Como intento de algunas conclusiones y como se sostenía a modo de pregunta en un comienzo, no solo están en juego aquí los procesos de liberación nacional encauzados por los distintos proyectos políticos latinoamericanos, sino mas profundamente las posibilidades reales de transformación que ofrece el marco institucional de la democracias heredadas del siglo anterior. Solo continuar con los procesos de recomposición del tejido social que comienza a sanar después de años de lucha y muerte, encuadrado en una movilización que pueda superar las diferencias egocéntricas de comprensión de los fenómenos políticos puede garantizar la profundización de los modelos sorteando los riesgos que implica enfrentar a los sectores históricamente dominantes de las regiones de Latinoamérica.
La historia nunca pasa dos veces por el mismo lugar de la misma forma. El circulo es espiralado y nunca cerrado, por lo que la cercanía a ciertas coyunturas nos permite recuperar la memoria un función de sortear y superar los errores que como pueblo hemos cometido al ver simplemente pasar desde el costado del camino, y si la trampa fuera tan grande, y se transformara en un sin sentido el oponer democracia a oligarquía será momento de volver a apelar a esa enorme y maravillosa tozudez humana de volver a creer, superando definitivamente los limites impuestos por las instituciones concebidas por el actual enemigo.

Pablo Salomón

SE APROBO LA LEY DE GLACIARES

El Bolsón (ANPP).- Con 35 votos a favor y 33 votos en contra, se sanciono la ley de glaciares que daría proyección a los mismos frente a la explotación minera.
Los votos no fueron en bloque, que que los partidos mayoritários dieron libertad de acción y si vio en la votación.

30/09/2010. En el debate se perfilaron dos bandos en pugna, más allá de sus pertenencias partidarias, porque los bloques mayoritarios otorgaron libertad de acción. De un lado se ubicó la mayoría de los senadores de provincias mineras, que se pronunciaron por insistir con la sanción original de la Cámara alta - en setiembre del año pasado-, considerada por los ambientalistas como la más benigna para la explotación minera.

Otro conglomerado defendió la sanción de Diputados, más restrictiva para la actividad minera en la alta montaña y a cielo abierto, que pueda afectar a los glaciares y su zona de influencia. El renovador salteño Juan Pérez Alsina respaldó el texto del Senado. El de la judicialización fue el argumento principal contra la norma más restrictiva, junto a la falta de injerencia de las provincias en el control de los glaciares.

La votación tuvo lugar a las 4:30, luego de ocho horas y media de debate y de que hicieran uso de la palabra 38 senadores -más de la mitad del pleno- y dio lugar a fuertes divisiones internas tanto en el bloque oficialista como en el arco opositor.

El oficialista porteño Daniel Filmus fue el abanderado del proyecto más duro a favor de los glaciares. En 2008 la presidenta Cristina Fernández vetó una ley de características similares a la que está en discusión. Y por iniciativa de Filmus la Cámara alta aprobó un nuevo proyecto que fue girado a Diputados. A comienzos de este año, comenzaron a cruzarse presiones de empresarios mineros y grupos ecologístas. Y luego de un largo debate se impuso la postura de una norma con más controles a la actividad minera, impulsada por el diputado Miguel Bonasso, en acuerdo con Filmus.

Anoche, el ex ministro de Edudación defendió la ingeniería legislativa aplicada al dictamen de minoría, que empujó el proyecto Bonasso quitándole un artículo, que impedía invertir en zonas glaciales antes de una auditaría técnica. El neuquino Horacio Lores (MPN) sostuvo que modificar una media sanción es inconstitucional. Filmus respondió que ambas cámaras lo avalaron en 1995.

Las divisiones se debían a que los senadores podían insistir en el proyecto original aprobado en la Cámara alta en 2009 -rechazado con 35 votos- apoyadas por las provincias mineras y de manera más solapada por el Gobierno nacional, o sancionar las modificaciones de Diputados que defendían las agrupaciones ambientalistas.

Una de las diferencias que generaron polémica es que mientras el proyecto del Senado señalaba que las zonas a proteger son los glaciares "descubiertos y cubiertos y, dentro del ambiente periglacial, los glaciares de escombros", el de Diputados define como zona periglacial el "área con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico".

Otro punto de discordia se refirió a que la iniciativa del Senado le otorgó esa la facultad de diseñar el inventario de glaciares al Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) en coordinación con "otras instituciones nacionales y provinciales competentes", y la letra alternativa finalmente aprobada no menciona a las provincias.

El oficialista Daniel Filmus, quien negoció con el diputado Miguel Bonasso las modificaciones aprobadas en Diputados, remarcó que "al agua es un derecho humano" y advirtió que "hubo países, que miran a los recursos naturales de la Argentina, que se abstuvieron de adherir a la declaración internacional del agua como derecho humano".

En tanto, el sanjuanino también oficialista César Gioja, principal defensor del proyecto original, criticó la iniciativa finalmente aprobada porque, según dijo, "elimina la consideración de las provincias y consulta solamente a las autoridades nacionales".
Por sanción de Diputados (35)
+ Frente para la Victoria (7): Rolando Bermejo (Mendoza), Elena Corregido (Chaco), Daniel Filmus (Capital Federal), Marcelo Guinle (Chubut), Ada Maza (La Rioja), José Pampuro (Buenos Aires-FpV) y Miguel Pichetto (Río Negro) + Unión Cívica Radical, con 14 senadores: Eugenio Artaza (Corrientes), José Cano (Tucumán), Mario Cimadevilla (Chubut), Juan Carlos Marino (La Pampa), Alfredo Martínez (Santa Cruz), Ramón Mestre (Córdoba), Laura Montero (Mendoza), Gerardo Morales (Jujuy), Luis Naidenoff (Formosa), Roy Nikisch (Chaco), Emilio Rached (Santiago del Estero), José Roldán (Corrientes), Ernesto Sanz (Mendoza) y Arturo Vera (Entre Ríos). Sumado a estos bloques, el Peronismo disidente con María Bongiorno (Río Negro), Graciela Di Perna (Chubut), Hilda González de Duhalde, (Buenos Aires), María Higonet (La Pampa), Roxana Latorre (Santa Fe-Peronismo disidente), Carlos Reutemann (Santa Fe) y Carlos Verna (La Pampa). + OTROS (6): Samuel Cabanchik (Capital Federal-ProBaFe), María Rosa Díaz (Tierra del Fuego-ex ARI), María Eugenia Estenssoro (Capital Federal-Coalición Cívica), Rubén Giustiniani (Santa Fe-Socialista), Luis Juez (Córdoba-Frente Cívico), José Martínez (Tierra del Fuego-Ex ARI) y Norma Morandini (Córdoba-Frente Cívico).

Por el texto del Senado (33)
+ Frente para la Victoria (23): Jorge Banicevich (Santa Cruz), Fabio Biancalani (Chaco), Eric Calcagno (Buenos Aires), Mario Colazo (Tierra del Fuego), Lucía Corpacci (Catamarca), Ana Corradi de Beltrán (Santiago del Estero), Liliana Fellner (Jujuy-FpV), Nicolás Fernández (Santa Cruz), Marcelo Fuentes (Neuquén), César Gioja (San Juan), Pedro Guastavino, (Entre Ríos), Ada Iturrez de Cappellini (Santiago del Estero), Sergio Mansilla (Tucumán), José Mayans (Formosa), Blanca Osuna (Entre Ríos), Nanci Parrilli (Neuquén), Daniel Pérsico (San Luis), Teresita Quintela (La Rioja), Marina Riofrío (San Juan), Beatriz Rojkés de Alperovich (Tucumán), Eduardo Torres (Misiones), Elida Vigo (Misiones) y Luis Viana (Misiones-FpV). + Unión Cívica Radical (2): Oscar Castillo y Blanca Monllau (Catamarca). Sumados a otros cinco senadores del Peronismo disidente: Adriana Bortolozzi (Formosa), Sonia Escudero (Salta), Liliana Negre de Alonso (San Luis), Adolfo Rodríguez Saá (San Luis) y Juan Carlos Romero (Salta) más tres senadores provenientes de otros partidos: Josefina Meabe (Corrientes-Partido Liberal), Juan Agustín Pérez Alsina (Salta-Partido Renovador) y Horacio Lores (Neuquén-Movimiento Popular Neuquino).

Abstención (1): Roberto Basualdo (San Juan - Bloque Produccion Y Trabajo)

Ausentes (2): el jujeño Guillermo Jenefes (FPV), Carlos Menem

fuente NO A LA MINA.

En tanto, el sanjuanino también oficialista César Gioja, principal defensor del proyecto original, criticó la iniciativa finalmente aprobada porque, según dijo, "elimina la consideración de las provincias y consulta solamente a las autoridades nacionales".

Además, agregó: "si decimos hielos permanentes, definimos una geografía determinada, si decimos suelos congelados puede someterse a varias interpretaciones. Prefiero la definición clara y precisa del proyecto del Senado".

Una de las sorpresas de la noche la dio el jefe del bloque oficialista, Miguel Pichetto, quien votó en favor de la media sanción de Diputados por entender que es "la que mejor expresa la limitación a la actividad minera", aunque, durante su discurso aclaró que no hablaba en nombre de la totalidad de su bloque.

De hecho, el senador oficialista Nicolás Fernández, de estrecho vínculo con el matrimonio Kirchner, criticó en duros términos el proyecto de Diputados.

"Como la Presidenta sostuvo que cualquiera sea la ley que se vote será promulgada, yo entiendo que el proyecto que mejor expresa la limitación a la actividad minera es el que viene de Diputados", afirmó Pichetto.

Otra sorpresa la dio la santiagueña Ada Itúrrez de Cappellini, quien había firmado el dictamen del proyecto de Diputados pero, a las 3:50 adelantó que votaría la iniciativa original porque a lo largo del debate notó "la fragilidad del proyecto que había acompañado".

Sin embargo, varios senadores cambiaron de postura sin anunciar esa posición, como el caso del santiagueño Emilio Rached, cuyo voto se preveía para el proyecto del Senado, y la entrerriana Blanca Osuna, de quien se esperaba que votara en favor de la iniciativa de Diputados.

El titular del bloque del radical, Gerardo Morales, afirmó que la Cámara de Diputados "mejoró" el proyecto del Senado y advirtió que "la primera responsabilidad de proteger el medio ambiente corresponde a las empresas mineras, y eso no ocurre".

Por su parte, la senadora Marina Riofrío, quien votó a favor de la letra original, aseguró que "en todo se aceptó la protección de los glaciares, lo único que se pidió es precisión en la terminología que defina la zona a proteger".

El senador salteño Juan Pérez Alsina, quien anticipó su voto a favor del proyecto del Senado, afirmó que la versión de Diputados es "un verdadero avance sobre el federalismo argentino en protección del medio ambiente" y consideró que "la ecología sin desarrollo es suicidio comunitario".

Cómo votó cada senador

Quiénes se abstuvieron y quiénes faltaron. Una sesión maratónica para aprobar una norma polémica.

El conteo de votos individuales por la Ley de Glaciares a continuación:

Por sanción de Diputados (35)
+ Frente para la Victoria (7): Rolando Bermejo (Mendoza), Elena Corregido (Chaco), Daniel Filmus (Capital Federal), Marcelo Guinle (Chubut), Ada Maza (La Rioja), José Pampuro (Buenos Aires-FpV) y Miguel Pichetto (Río Negro) + Unión Cívica Radical, con 14 senadores: Eugenio Artaza (Corrientes), José Cano (Tucumán), Mario Cimadevilla (Chubut), Juan Carlos Marino (La Pampa), Alfredo Martínez (Santa Cruz), Ramón Mestre (Córdoba), Laura Montero (Mendoza), Gerardo Morales (Jujuy), Luis Naidenoff (Formosa), Roy Nikisch (Chaco), Emilio Rached (Santiago del Estero), José Roldán (Corrientes), Ernesto Sanz (Mendoza) y Arturo Vera (Entre Ríos). Sumado a estos bloques, el Peronismo disidente con María Bongiorno (Río Negro), Graciela Di Perna (Chubut), Hilda González de Duhalde, (Buenos Aires), María Higonet (La Pampa), Roxana Latorre (Santa Fe-Peronismo disidente), Carlos Reutemann (Santa Fe) y Carlos Verna (La Pampa). + OTROS (6): Samuel Cabanchik (Capital Federal-ProBaFe), María Rosa Díaz (Tierra del Fuego-ex ARI), María Eugenia Estenssoro (Capital Federal-Coalición Cívica), Rubén Giustiniani (Santa Fe-Socialista), Luis Juez (Córdoba-Frente Cívico), José Martínez (Tierra del Fuego-Ex ARI) y Norma Morandini (Córdoba-Frente Cívico).

Por el texto del Senado (33)
+ Frente para la Victoria (23): Jorge Banicevich (Santa Cruz), Fabio Biancalani (Chaco), Eric Calcagno (Buenos Aires), Mario Colazo (Tierra del Fuego), Lucía Corpacci (Catamarca), Ana Corradi de Beltrán (Santiago del Estero), Liliana Fellner (Jujuy-FpV), Nicolás Fernández (Santa Cruz), Marcelo Fuentes (Neuquén), César Gioja (San Juan), Pedro Guastavino, (Entre Ríos), Ada Iturrez de Cappellini (Santiago del Estero), Sergio Mansilla (Tucumán), José Mayans (Formosa), Blanca Osuna (Entre Ríos), Nanci Parrilli (Neuquén), Daniel Pérsico (San Luis), Teresita Quintela (La Rioja), Marina Riofrío (San Juan), Beatriz Rojkés de Alperovich (Tucumán), Eduardo Torres (Misiones), Elida Vigo (Misiones) y Luis Viana (Misiones-FpV). + Unión Cívica Radical (2): Oscar Castillo y Blanca Monllau (Catamarca). Sumados a otros cinco senadores del Peronismo disidente: Adriana Bortolozzi (Formosa), Sonia Escudero (Salta), Liliana Negre de Alonso (San Luis), Adolfo Rodríguez Saá (San Luis) y Juan Carlos Romero (Salta) más tres senadores provenientes de otros partidos: Josefina Meabe (Corrientes-Partido Liberal), Juan Agustín Pérez Alsina (Salta-Partido Renovador) y Horacio Lores (Neuquén-Movimiento Popular Neuquino).

Abstención (1): Roberto Basualdo (San Juan - Bloque Produccion Y Trabajo)

Ausentes (2): el jujeño Guillermo Jenefes (FPV), Carlos Menem (La Rioja) y Pablo Verani (Río Negro).

El artículo eliminado

Ver los textos completos que se discutieron en Ley de Glaciares: Comparativo entre la media sanción del Senado y de Diputados

Art. 17: En las áreas potencialmente protegidas por la presente ley, no se autorizará la realización de nuevas actividades hasta tanto no esté finalizado el inventario y definidos los sistemas a proteger. Ante la solicitud de nuevos emprendimientos, el Ianigla priorizará la realización del inventario en el área en cuestión".

Comentario de la Asociación de Abogados Ambientalistas de Argentina:
Este artículo de la media sanción de Diputados es, simplemente, la aplicación del Principio Precautorio que establece el artículo 4º de la Ley General del Ambiente (Nº 25.675). Este principio, en caso de ausencia de información (como ocurre en las áreas donde el inventario no ha sido realizado aún), obliga a actuar preventivamente cuando haya peligro de daño grave o irreversible. Así, resulta claro que, en los lugares donde no esté finiquitado el inventario de Glaciares y ambiente Periglacial no pueden autorizarse nuevas actividades.