A cargo de Hilda Toschi, compañera de Humberto Toschi (uno de los militantes del PRT-ERP fusilados el 22 de agosto de 1972) y testigo de la causa por la masacre de Trelew.
Invitan:
Comisión por la Memoria del Pueblo –Federación Universitaria Patagónica – Centro de Estudiantes de Humanidades - Asociación de Docentes Universitarios – Departamento de Historia - Movimiento de Izquierda Revolucionaria
Pegamos a continuación la nota del blog: http://veintidosdeagosto. blogspot.com.ar acerca de la declaración que realizó Hilda Toschi en el marco del Juicio por la Masacre de Trelew:
“Pasadas las 16.20 de la tarde del lunes 04 de Junio de 2012 en el Cine Teatro José Hernández de la ciudad de Rawson, comenzó su declaración Hilda Bernardi de Toschi en representación de su esposo Humberto Adrián Toschi, su hijo Sebastián nacido meses antes de la detención de su padre, en la memoria de los 19 fusilados y por la solidaridad y el compromiso del pueblo de la ciudad de Trelew.
Luego de una breve intervención del abogado querellante, Eduardo Hualpa, Hilda Bernardi de Toschi inauguró su relato cronológico a partir de la fecha en que contrajo matrimonio el 9 de junio de 1971, días antes de que Humberto Toschi fuese detenido el 30 de agosto de 1971 en una casa de Córdoba, acusado de tenencia de arma de guerra (nunca recibió sentencia ni fue sometido a juicio alguno) Tiempo en el que permaneció en la Jefatura de Policía de la Provincia de Córdoba, junto a otros tres detenidos: Mario Santucho, Enrique Gorriarán Merlo y Jorge Ulla, de quien –a la postre- resultarían incorporados nuevos datos de relevancia para la causa a través del valioso aporte de su hermano solicitado por la querella. Sobre dicha forzada estadía en la que estuvo incomunicado, declara que su esposo fue torturado constantemente y, como lo confirmara el propio Toschi posteriormente a su familia, resalta una suerte de competencia existente entre los torturadores “por ver quién expresaba una mayor perversidad o quién era capaz de sorprender a los presos con las prácticas de tortura”. Preguntas sobre la militancia en busca de nombres de algún militante de las organizaciones políticas o gremiales, así como también la indagación acerca de lugares de reunión, eran recurrentes en esos interrogatorios. “Una de las preguntas más repetidas que me cuenta Humberto era si se juntaban con gente de Luz y Fuerza o con el gremio SITRAC-SITRAM”, gremio combativo liderado por Agustín Tosco.
Humberto Toschi es detenido en Córdoba el 30 de agosto de 1971 y no es sino hasta octubre de ese mismo año que Hilda Bernardi puede volver a reencontrarse con su marido, trasladado desde septiembre al penal de Devoto en donde permaneció alojado hasta marzo de 1972. Junto a otros presos políticos en espera de sentencia, Humberto Toschi fue sometido a un nuevo traslado. Como lo señalara la testigo, esta vez las opciones eran la provincia de Chaco o la Unidad 6 de Rawson. “Con fecha 29 de marzo, sale de Buenos Aires una comunicación del Servicio Penitenciario Federal, Instituto de Detención U2, en donde se me comunica que por disposición de la superioridad, el interno Humberto Adrián Toschi ha sido trasladado al Instituto de Seguridad y Resocialización U6 el día 28 de marzo del ´72”.
Hilda Bernardi llega a la zona en abril de 1972 y es alojada rápidamente junto a su hijo recién nacido por la familia Mulhall y obtiene de la ciudad que será su residencia por cuatro meses una solidaridad digna de ser resaltada durante varios tramos de su declaración. Entre esos hombres y mujeres que ante semejante contexto ofrecen su hospitalidad y compromiso, Bernardi resalta las encumbradas figuras de Ángel Bel, Elisa Martínez, Mario Abel Amaya y el Dr. Solari Irigoyen.
Una vez instalada en Trelew, en donde residiría entre los meses de abril y agosto de 1972, es empleada en la gerencia de una fábrica textil. Durante esta estadía en la ciudad, la única comunicación directa con su marido eran las dos visitas semanales permitidas y la redacción de cartas, mediante las cuales toman conocimiento tanto de las condiciones generales de los prisioneros como de las situaciones en que las causas de cada uno de los detenidos se encontraban, sin condena ni avances firmes en sus expedientes.