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lunes, 21 de mayo de 2012

COMUNIDADES MAPUCHE CAÑIO Y ÑIRIPIL CERRO LEON DENUNCIAN EMPRENDIMIENTO TURISTICO EN TERRITORIO ANCESTRAL

El Bolson (ANPP).- A continuación reproducimos un comunicado, de las comunidades Mapuche Cañio y Ñiripil Cerro León, de Buenos Aires Chico ( Chubut ).


De las Comunidades de Buenos Aires Chico a la Opinión Pública


Las Comunidades mapuche Cañio y Ñiripil Cerro León queremos expresar lo siguiente:

1. Somos preexistentes al Estado Municipal de El Maitén, creado en 1943. La Comunidad Cañio está conformada por descendientes de Juan Bautista Cañio, abuelo de Virginio, el longko actual; y de Petrona Rosa, asentados en el lugar desde el año 1872 aproximadamente. La Comunidad Ñiripil está conformada por descendientes de Segundo Ñiripil que llegó a la zona aproximadamente en el año 1925. La Constitución Nacional, en su artículo 75, inciso 17, reconoce “la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos”, entre otras cosas.
2. No es real que “recién ahora” realizamos reclamos sobre nuestro territorio, como se ha dicho en distintos medios. Hay papeles que demuestran nuestra preexistencia, acuerdos de linderos, actas de inspección, recibos de pago de mensuras, juicios ganados – como el del Lof Ñiripil al Diputado Repetur, en la década del `80. Pero las distintas autoridades que han gobernado esta Provincia y este Municipio, han ignorado las leyes y Convenios Internacionales que constituyen el Derecho Indígena. Por ejemplo, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que, en su Artículo 14, dice: Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. Y en su artículo 2: Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión.
3. Los Gobiernos insisten en nombrar como “tierra fiscal” los territorios ocupados ancestralmente por nuestras familias. En ellos hemos practicado nuestro estar y ser mapuche, gente de la tierra. Y nuestra forma ha sido el sistema de crianza de animales con veranada e invernada. Así ha sido la vida de nuestros abuelos, padres y la nuestra. Hoy vemos con preocupación que el emprendimiento denominado Cerro Azul se asienta en lo que a sido nuestra veranada tradicional. Hemos podido ver grandes espacios de lengales talados, apertura de caminos, tendido de líneas eléctricas. Todo eso sin la consulta previa prevista en las leyes y Convenios antedichos. Tampoco conocemos si hubo estudio de impacto ambiental, como exige la Ley provincial. Tampoco sabemos quiénes son los empresarios que llevarán adelante ese proyecto. Sí nos enteramos, en estos días, de que el refugio fue hecho por el anterior Gobierno provincial (según nota del diario El Chubut del 20 de mayo http://bit.ly/KpOaDC).

4. No nos oponemos a ningún proyecto que se realice por las vías que correspondan. Estas son las previstas en el Convenio 169 de la OIT. Es decir, las que contemplan la consulta libre, previa e informada y la participación y decisión compartida de los pueblos cuyos territorios se vean afectados por emprendimientos del Estado. Este es el caso del emprendimiento de recreación invernal Cerro Azul, que se lleva a cabo en el cerro que ancestralmente llamamos Cerro León.

Desde el territorio ancestral, saludamos a nuestra comunidad de El Maitén.


Pewkallal


Comunidad Mapuche Cañio – Comunidad Ñiripil Cerro León