Ñorquin-có, 29 de marzo de 2011 (Comunidad Mapuche Ancalao).- Nosotros, la Comunidad Mapuche Ancalao, ubicada en lo que hoy se conoce como departamento Ñorquin-co en la provincia de Río Negro, ancestralmente ejercemos nuestros derechos de posesiones territoriales desde 1884.
Queremos dar a conocer a la sociedad en general y a nuestro Pueblo Nación Mapuche de la situación que estamos viviendo hoy en nuestro territorio producto de los negociados con las empresas petroleras que tienen la concesión de la Cuenca del Ñirihuao y la apropiación de la naciente del Río Chubut por parte de Lewis.
En la actualidad sufrimos un nuevo atropello de usurpación sumados a los vividos desde que la familia Sede se instala en nuestro territorio, en la cual hoy Pablo Gareis, en complicidad con las fuerzas policiales locales de la Subcomisaria 73 de Ñorquin-co y el juez Ricardo Calcagno, han avalado que alambren el territorio donde siempre hemos ejercido nuestro derecho de posesión territorial, a pesar de la medida urgente de no seguir alambrando presentada a la justicia por nuestras representantes legales.
Este atropello no sólo implica que hemos quedado sin vías de acceso a los caminos, sino que también nuestros animales no pueden llegar al lugar donde toman agua ya que la vertiente ha sido cercada, cavada y está custodiada por empleados del terrateniente.
Queremos además denunciar las amenazas verbales y la denuncia penal por usurpación a miembros de la comunidad y a testigos sufridos por parte de Pablo Gareis, supuesto apoderado de Ana Amaranta Ferraria, quien se apersonó el día 18 de marzo de 2011, a las 18:00 hs aproximadamente al puesto y amenazó con “tirar el puesto”, “meter presos” y nos trató como manga de delincuentes, todo esto expresado delante de la policía local los cuales avalaron este proceder con su silencio y el soborno de querer comprar nuestra voluntad para dejar nuestro territorio ancestral por 100.000 pesos, por parte de estos terratenientes usurpadores.
A pesar del reconocimiento de nuestros derechos fundamentales plasmados en la Constitución Nacional Art. 75 Inciso 17, Convenio 169 de la OIT, Ley 24.071 Ley 2287 de la Provincia de Río Negro, Ley Nacional 26.160 de relevamientos territoriales en donde prohíbe los desalojos de las Comunidades de los Pueblos Originarios, como así también la Declaración Universal de los Pueblos Indígenas del Mundo reconocido por la ONU; hoy en día existe un contexto de sistemática violencia contra distintas Comunidades Originarias a lo largo y ancho en la Argentina, poniendo en riesgo las posesiones de nuestros territorios, nuestras vidas y las de nuestros hijos.
Por la defensa de nuestros Territorios tal como lo hicieron nuestros Ancestros. Por Justicia, Libertad y Dignidad.
Marichi Wau. Marichi Wau.
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