El Bolsón (ANPP).- Compartimos el comunicado de prensa recibido en nuestra redacción:
Comunicado de Vecinos/as/es y organizaciones por el Piltriquitrón. 30/09/2024
El día 25 de septiembre de 2024, el Consejo Deliberante aprobó con mayoría de votos, exceptuando uno negativo, de forma exprés el Proyecto enviado por el ejecutivo municipal, intendente Bruno Pogliano, el cual se denomina: “Plan general de reordenamiento territorial acceso y base del cerro Piltriquitrón, autorizando el establecimiento de zonificación e indicadores urbanísticos para las nuevas fracciones”.
Alertamos a la sociedad, que dicho proyecto no se trata solo de una "cesión" de accesos de la familia Herman al Municipio, lo que intentan instalar en los medios de comunicación, se trata de un convenio intención, conteniendo un proyecto de fraccionamiento de tierras y “cesión” (pedidos por el municipio) de accesos a diversas áreas del cerro, reserva fiscal para infraestructura comunitaria, zona reserva fiscal para estacionamiento vehicular, sendas peatonales desde estacionamiento hacia la parcela fiscal, servidumbres de PASO aéreas y terrestres, más de setenta hectáreas (70Has.), que conectan la última calle Cóndor, de Villa Turismo con el área de Bosque Tallado, base del cerro y acceso al refugio, entre otras cesiones.
En el proyecto aprobado, se habilita Plan de cambio de uso de suelo; Plan de manejo de bosque nativo; Uso recreativo, residencial, y turístico del área; Área de servidumbre de Paso Aéreo y de implantación estructural para el hipotético caso de instalación de infraestructura de transporte de pasajeros; caminos de acceso de 5 metros de ancho, habilitando el uso vehicular en la RESERVA DE BIÓSFERA, zona de amortiguación de la zona núcleo en donde está totalmente prohibido todo lo proyectado por Bruno Pogliano y aprobado por los concejales, Agustín Guasco, Laura Rojas, Carlos Peréz, Lucas Castillo, Natalia Karavasilli y Efrain Ranea.
Con el asesoramiento legal, denunciamos públicamente que vulneran las siguientes leyes
. Carta orgánica municipal, art. 167°, zonas núcleo y de amortiguación, art, 174° que prohíbe la urbanización en el área.
. Código ambiental, ordenanza 261/2003.
. Ordenanza 126/2011 sobre categorización de proyectos y términos de referencia para los estudios de impacto ambiental y los informes de impacto ambiental.
. Consulta al Consejo Ambiental.
. Ley N° 4552 de Bosques Nativos.
. Ley N° 25.675 General del Ambiente (Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental)
. Constitución provincial (art.84 y art. 74).
. Acuerdo de Escazú (que permite el acceso a la información pública y la participación en la toma de decisiones en proyectos que implican a la comunidad).
. Convención de Derechos Humanos.
A los efectos de ejercer el derecho a la información publica ambiental y el derecho de acceso a la participación pública en asuntos ambientales, solicitamos al Consejo Deliberante y al Ejecutivo Municipal de El Bolsón brinden a la comunidad la siguiente información:
1) Convenio de intención presentado por los propietarios para su revisión por el Poder Ejecutivo. -
2) Informes ambientales de la parcela madre y otros presentados al efecto.
3) Plan de cambio de uso del suelo y manejo sustentable del Bosque, presentado por los propietarios ante el Servicio Forestal Andino.
4) Fundamentos de la conformidad técnica legal de Medio Ambiente, Catastro, y Obras Particulares.
5) “Matriz Ambiental” solicitada por medio de Ambiente Municipal que completa los informes ambientales ya presentados.
Ante esta crisis de representatividad política y quiebre democrático, invitamos a la comunidad a informarse y sumarse a defender nuestro amado cerro Piltriquitrón.
Vecinos/as/es y organizaciones por el Piltriquitrón.