El Bolsón (ANPP).- Luego del atentado perpretado contra FM Arco Iris de Loncopué, el gobierno de Neuquen le exige a la emisora que presente un permiso sobre la instalación de las antenas.
Este es un nuevo intento de sensura a esta radio que viene denunciando los negociados que la familia Sapag realiza sobre la mineria contaminante en la zona.
A continuación publicamos el comunicado de la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopué, y la respuesta del titular de la radio a la intimidación del Ente Provincial de Energia de Neuquén (EPEN):
Pasado el atentado terrorista contra las antenas de FM Arco Iris de Loncopué, re-estalecida la transmisión en el área urbana (y aun pendiente las reparaciones para retomar el alcance en las áreas rurales) el apoderado del Ente Provincial de Energía del Neuquén (EPEN) Dr. Néstor POSSE por carta documento intimó a Norberto Guerrero, titular de FM Arco Iris, para que acredite permiso del hermano del Gobernador que justifique la instalación de las antenas emisoras en el lugar donde están desde hace doce años por un permiso aún vigente y en su momento otorgado por la Municipalidad de Loncopué.
Evidentemente los Entes "autárquicos" (como el Epen) no lo son tanto, ya que en pleno receso funcionan al servicio de la voluntad personal de la familia gobernante, quien lejos de usar el poder para gobernar lo usa para coaccionar y coartar la libertad de prensa.
A.V.A.L.
Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopué
Loncopué - Neuquén
Patagonia Argenntina
Contactos:
Norberto GUERRERO
02942 15 665104
Cristian HENDRICKSE
011 156 716 6248
----
Loncopué, 27 de Enero de 2009.
Sr. Jefe de la Unidad
Técnico Jurídica del EPEN
Dr. NÉSTOR P. POSSE
S / D.
C.C.: Directorio del EPEN.
Ref.: Contesta intimación.
Norberto Javier GUERRERO, DNI 21.658.634, en mi carácter de titular del servicio eléctrico 00031424, número de contrato 00031424/02 constituyendo domicilio conjuntamente con mi letrado patrocinante Dr. Cristian C. E. HENDRICKSE, Abogado (CAPZ Mat. Nº 160 Tº I Fº 80) en Av. Padre Mascardi s/nº de Loncopué, al Sr. Jefe me presento y respetuosamente digo:
Categóricamente rechazo su Carta Documento Nº 059128700 del 22.01.2010 y recibida el 26.01.2010 por considerarlo amenaza de turbación del derecho de tenencia, desvío del procedimiento administrativo con el ánimo de cercenar mi derecho a la libertad de expresión, y vulneración del principio de legalidad de acto administrativo (Ordenanza Nº 313/98 de la Municipalidad de Loncopué).-
Rechazo que deba acreditar permiso de propietario alguno, toda vez que ejerzo la tenencia del espacio en cuestión en virtud de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 313/98 de la Municipalidad de Loncopué, razón por la cual desde ya advierto que consideraré partícipe del delito de turbación de la tenencia, tipificado en el inciso 1º del art. 181 del Código Penal, a cualquier persona que participe en la decisión o ejecución del corte de suministro eléctrico a las instalaciones de transmisión de la independiente emisora de frecuencia modulada "Arco Iris".
No resulta ajeno a las circunstancias del caso que los directores de ese Ente provincial prestatario del servicio de provisión de energía eléctrica son designados por el Poder Ejecutivo provincial, cuyo titular es precisamente el hermano de quién reclama ante Uds. el cese del servicio eléctrico que asiste a las antenas de mi emisora. Ello no encuentra otro fundamento que la finalidad gubernamental de censurar la expresión de mis ideas, las que como es público y notorio no coinciden en absoluto con las del partido gobernante, por lo que desde ya hago reserva de efectuar las acciones del caso tanto contra ese Ente como personalmente contra las personas físicas del mismo que resulten partícipes de los evidentes perversos propósitos discriminatorios y censuradores del hermano del Gobernador, quien ha puesto su influencia política al servicio de la censura a mi emisora.
En casi doce años de vigencia de la Ordenanza Nº 313/98 de la Municipalidad de Loncopué jamás se reclamó ni retirar las antenas ni el cese del servicio eléctrico en cuestión. Ello hasta ahora, cuando el hermano del actual gobernador se siente molesto por la línea editorial de mi emisora que, además de mi línea editorial disidente, abiertamente apoya al movimiento popular del "no a la mina" y cede espacio a la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopué (AVAL) y a la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Campana Mahuida (AVACAM) para que emitan su programa de difusión de información ambiental "La Tierra tiene fiebre".
Cual Chávez neuquino, vienen ahora los hermanos Sapag a ejercer presión sobre el gobierno de ese Ente para pretender silenciar mi radio.
Resulta triste, decadente y retrógrado, que una empresa cogestionada por sus obreros con un director que responde a A.T.E. (Asociación Trabajadores del Estado) y con el prestigio profesional alcanzado por el EPEN, se preste ahora para este tipo de maniobras de evidente corte feudal e intolerante.
Si el Sr. Carlos Natalio SAPAG, (a) "Nuno", (a) "Nunito", tiene algún reclamo sobre el uso o tenencia de alguna porción de su propiedad, o de propiedad de alguna de sus empresas, deberá dirimirlo ante la justicia. Recurrir al pretendido arbitrario e ilegítimo corte de suministro de energía eléctrica colocará su acción subsumida en la descripta para el delito de turbación de la tenencia, y a quienes participaren en tal maniobra, en el de partícipes del mismo, para cuyo caso me constituiré como querellante contra el autor, los autores y los partícipes de tal eventual hecho.
Desde ya hago reserva de formular la correspondiente denuncia contra Ud. y contra el Sr. Carlos Natalio SAPAG por ante el INADI, al considerar que se han desviado los procedimientos administrativos de ese Ente para ponerlos al servicio de una voluntad maliciosa consistente en pretender censurarme discriminando mi carácter de disidente con el actual gobierno provincial, vulnerando mi derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, mi derecho a la igualdad ante la ley, mi derecho a una relación de consumo igualitaria y digna, y mi derecho de propiedad en cuanto se pretende turbar la tenencia que me fuera conferida mediante la Ordenanza Nº 313/98 de la Municipalidad de Loncopué, cuya presunción legal de legitimidad y revestida del principio de ejecutoriedad se vería vulnerada por una decisión de corte de suministro eléctrico tal como Ud. arbitrariamente me ha apercibido.
Aguardando que comprenda que ya estamos en el Siglo XXI, por lo que no deberían existir actitudes arbitrarias e inadmisibles como las señaladas, solicito revierta su actitud y no innove en la provisión de servicio eléctrico oportunamente concedido.
Sin otro particular, aprovecho para saludarlo muy Atte.,
NORBERTO JAVIER GUERRERO