El Pedregoso (PUERTA E).-
   
   
   
   
La instancia máxima de Justicia de la Nación, con la firma de 
todos sus miembros, declaró válidos los argumentos de la defensa pública
 que asistieron a la pobladora de El Pedregoso y desestimaron la 
impugnación realizada por el abogado Enrique Alejandro Korn que la 
acusaba de usurpar tierras. Punto final (y feliz) a un conflicto 
judicial que asedió durante una década a Inés y a su familia
Por Julio Saquero Lois *
Foto: FM Alas
    Cordillera chubutense. Fin de otoño. Pleno temporal,  primera 
gran nevada en la alta cordillera. Las sombras ya se han adueñado del 
bosque en el paraje de El Pedregoso,  sólo el relumbrón de los fogones 
se trasluce en las ventanas.  Y en esta oscuridad sin matices, sin 
estrellas, a plena lluvia,  una dotación policial de El Hoyo se presenta
 en la cabaña de Inés Larena a la vera de la ruta 40, para entregarle 
una cédula de notificación judicial. Alumbrada por las linternas de los 
agentes, asustada como tantas otras veces a lo largo de 10 años, Inés 
firma la copia que le extienden  sin protestar ni entender nada. Otra 
vez, se dice, arrastrada a los tribunales lejanos de Esquel y  blanco de
 la burla de mis vecinos. Otra vez a preguntar de qué se trata. ¿Qué me 
dicen? ¿Qué me esconden? ¿Qué me espera?
 “Por devueltos de la Exma. Suprema Corte de Justicia de la Nación, notifíquese a las partes”.
Y la hoja, un papel mezquino, con membrete oficial del Poder Judicial
 del Chubut, se refiere con la impronta de un telegrama,  al número de 
un expediente.  Y habla de una impugnación.
¿Qué es ese “devueltos”? ¿El fallo es favorable y es considerada 
inocente como  sentenció la Cámara Penal de Esquel y el Superior 
Tribunal de Justicia de la Provincia? ¿O los Jueces de la Nación le dan 
la razón a la jueza  que la condenó en el primer juicio ,  al abogado 
Oscar Colabelli y al abogado Enrique Alejandro Korn que la acusaron?. 
¿Tendrá que pagar la multa e ir a la cárcel? ¿Perderá su casa y su 
tierra?
Piensa en la Abuela Eufemia cruzando endeble, a tropezones, la sala 
del tribunal, expuesta a la mirada del pueblo azorado, para testimoniar,
 a los 97 años, de la inocencia de su nieta. Y piensa con tristeza que  
la abuela se fue sola,  a otra comarca donde no hay jueces, ni se 
alambran los campos, sin  saber el final de este largo e incierto camino
 que recorre su gente, y sin entender,  como ella, el extraño lenguaje y
 comportamiento de  jueces y abogados.
Palabras y sentidos misteriosos, imposibles de comprender para Inés y
 para el común de los mortales.  Dialogamos con la campesina sin 
escuela, pensamos, imaginamos. ¿Por qué hablan y escriben así? ¿Serán 
dueños del lenguaje los abogados, los  jueces, los juristas? ¿No eran 
los poetas y cantores quienes poseían el derecho a crear voces nuevas, 
esas del comienzo de los tiempos, de los trinos de los pájaros, del 
amor, de la hermandad, del misterioso andar de los seres en el mundo? En
 algún momento, alguien, un grupo, tal vez,  decidió organizar de otra 
manera  el mundo e impedir los disturbios y confusiones del pensar 
diferente, y para que eso fuera posible escondió la poesía, despojó de 
las palabras y su sentido al resto de los hombres, esos que trabajan con
 sus manos y poco frecuentan las escuelas. Al mismo tiempo, amparado en 
el poder atribuido a esas letras misteriosas que había robado, alambró y
 se apropió de los campos por primera vez. Los  campesinos, sin voz ni 
tierra, desde entonces, quedaron al margen de la propiedad.  Errando sin
 destino cierto ¿Será así?  nos preguntamos. 
El Derecho de los Derechos, es el Derecho de propiedad,  sostiene con
  voz estridente el empresario-abogado en el primer juicio oral y 
público celebrado en El Hoyo el 4 de julio del 2008. El Derecho de los 
Derechos es el Derecho a la Vida. Le respondimos al abogado en esa 
ocasión. Pero la Jueza Carina Estefanía miró para otro lado. Eso no 
entraba en sus manuales y condenó a  Inés Larenas y su compañero Leo “a 
treinta días de cárcel, seis mil pesos de multa y desalojo inmediato”… 
por haber construido su vivienda usurpando veinte metros cuadrados de 
tierra “ajena”.
 Pero esta vez los temores de Inés no tienen fundamento, aunque ella 
no lo sabe. En un lenguaje  frío, escueto, indescifrable, el Superior 
Tribunal de Justicia de Chubut le anuncia, presión policial por medio, 
que  devolvieron de Nación la causa. Pero no menciona aún en ese papel, 
que no dice nada ni tiene ningún valor,  el resto del documento de la 
Corte Suprema, el fallo que es sentencia firme. 
Y buscamos la evidencia desconocida: el 15 de abril del 2014  la 
Corte Suprema de la Nación  rechazó como “inadmisible” el recurso de 
apelación  presentado por el empresario Enrique A. Korn,  lee, en 
internet, el Dr. Bruno Deias, a nuestra demanda. Tampoco a él, de la 
Defensoría Pública de Esquel, lo han notificado oficialmente de este 
pronunciamiento que devolverá la vida y la paz a esta mujer y a su 
comunidad.
En efecto,  por unanimidad, la instancia máxima de Justicia de la 
Nación con la firma de Ricardo Luis Lorenzetti , Elena Highton de 
Nolasco, Carlos S. Fayt, Enrique S. Petracchi, Juan Carlos Maqueda, E. 
Raúl Zaffaroni y Carmen M. Argibay, en una decisión irrevocable,  
desestima la impugnación de Korn y declara válidos los argumentos de la 
defensa pública que asistiera a la imputada, y que fueran aceptados por 
la Sala I de la Cámara en lo Penal de Esquel en primera instancia y por 
el Superior Tribunal de Justicia del Chubut en segunda instancia.  
En su voto los jueces Lorenzetti, Maqueda y Zaffaroni declararon 
inadmisible el Recurso de Korn. Este había invocado arbitrariedad en la 
sentencia apelada.
Ese fallo que Korn tildó de arbitrario, se basó en  el  alegato de  
la Defensoría Pública asumida por  Bruno Deias y Alfredo Pérez 
Galimberti quienes invocaron el derecho del acusado a ser juzgado en un 
plazo razonable, criterio aceptado por los tribunales chubutenses y la 
Corte Suprema de la Nación. Este argumento tan simple, claro, justo y 
contundente derrumbó la estrategia dilatoria y abusiva con la que 
durante diez largos años se hizo escarnio de la acusada. Y esto nos 
demuestra también que los abogados y jueces cuando quieren hablar 
sencillo para que el pueblo entienda, pueden hacerlo. Sobre todo hablar a
 través del ejercicio de los fallos, con Justicia, sin inclinar los 
platillos de la balanza para el lado de los poderosos.
En lenguaje llano: María Inés Campos Larena es inocente. La sentencia es firme, nos confirma el defensor de pobres.
El enjuiciamiento penal de Inés Larena, acusada  de usurpar una 
pequeña fracción del lote ocupado por su familia desde principios del 
siglo pasado y que le había sido cedido por su abuela Eufemia, 
conmocionó a los habitantes de la Comarca Andina  en el 2004. En la 
ocasión, un tribunal oral celebrado en El Hoyo,  en el que participó el 
Abogado-empresario Enrique A. Korn con la colaboración del Dr. Oscar 
Colabelli en calidad de  querellantes, y presidió la Dra. Carina 
Estefanía, la condenó por usurpar un lote que su familia había ocupado 
desde hacía cinco generaciones. El fallo no tuvo en cuenta el testimonio
 de los vecinos de más antigüedad del paraje El Pedregoso que 
atestiguaban la presencia de los Larena desde los inicios de la 
colonización del lugar. El título de propiedad eximido por Korn y por el
 que pretendía desalojar a Inés  fue otorgado por el ex intendente de El
 Hoyo y Diputado  Provincial Santiago “Chito”Cárdenas, a partir de su 
propio testimonio en su anterior rol de  Inspector de tierras 
municipales,  cuando dictaminó a espaldas de sus vecinos que Korn, 
domiciliado en Trelew,  ocupó ese lugar durante más de veinte años. El 
traspaso de estas tierras y otras que sumaban 1055 hectáreas y por las 
que se habrían pagado $5000 pesos, fue investigado y puesto en duda por 
la Fiscalía Anticorrupción de la Provincia y la Fiscalía Penal de Esquel
 . El dictamen del Fiscal General del Ministerio Público de Esquel Dr. 
Martín Zacchino señala que los concejales, el Intendente y el Inspector 
de Tierras del Municipio de El Hoyo habrían incurrido en el delito 
tipificado por el artículo 248 del Código Penal de violación de los 
deberes de funcionario público al sancionar la Ordenanza 44/95 y 
adjudicar posteriormente al Dr. Enrique Korn 1055 hectáreas de tierras 
fiscales habitadas por las familias Larena y Quilodrán, contrariando las
 disposiciones legales de la Constitución Provincial, la Ley de 
Corporaciones Municipales y la Ordenanza de Tierras del propio Municipio
 que regula el procedimiento para la adjudicación en venta  de tierras 
fiscales.
Las conclusiones de ambas investigaciones  que señalaban la  
participación de Concejales e  Intendentes sucesivos de El Hoyo en la 
adjudicación fraudulenta de esas tierras compradas por un precio vil  y 
la expedición del título de propiedad que esgrime Korn de una forma 
ilegal y dudosa por el ex diputado Cárdenas en su tránsito como 
intendente, fueron archivadas  sin ser elevadas a juicio y sin mayores 
explicaciones. Se habló simplemente de documentación extraviada tanto en
 el Municipio como en Fiscalía durante la primera audiencia del caso 
Larena llevada a cabo por la Sala I de la Cámara Penal en los tribunales
 de Esquel.
La larga lucha en Tribunales chubutenses  llevada a cabo con éxito 
por la Defensoría Pública de Esquel y Trelew, con el acompañamiento de 
la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y la movilización 
continua de organizaciones populares y de Pueblos Originarios de la 
Comarca Andina a lo largo de 18 años, acaba de torcer el brazo a una de 
las patas agresivas del poder feudal en Chubut, impidiendo un nuevo 
desalojo y enajenación de tierras a los pobladores originarios. 
Con este fallo de la Justicia Nacional se inicia sin duda, una nueva 
etapa abierta a cuestionar en tribunales del fuero civil el  proceso de 
adjudicación  de tierras fiscales ocupadas ancestralmente por la familia
 Larena y la Comunidad Quilodrán. El caso Larena podría constituirse así
 en un caso testigo para la Provincia del Chubut en las cuestionadas y 
confusas adjudicaciones de tierras fiscales por los municipios de la 
Provincia, en las que el despojo a antiguos pobladores y comunidades 
originarias y su apropiación por empresarios y terratenientes ha sido la
 regla hasta el presente.
Inés Larena, mujer de la tierra, acusada  por un abogado-empresario y
 condenada por una Jueza que ordenó su desalojo y prisión, transformada 
en delincuente y  allanada por orden de la justicia de Esquel , con una 
insistencia notoria y sospechosa, varias veces. Con la policía de El 
Hoyo rondándola permanentemente, durante casi dos decenios, incluso con 
la presión de  gendarmería, citada cuántas veces, a la Comisaría local, 
llevada a Tribunales en Esquel y Rawson, vapuleada en cada instancia de 
lucha por el poder, como esas ramas que sacude el viento, por políticos 
corruptos, empresarios y abogados venales, que quieren despojarla de la 
tierra de sus ancestros, hoy, al terminar el día, cuando  al fin 
comprende que ha sido absuelta por los Jueces de la Nación, cuando 
experimenta que comienza a hacerse justicia,  y, por primera vez se 
siente libre en muchos años, mueve la cabeza,  mira a lo lejos, y quiere
 decir su palabra, la suya, pero  apenas nace  un murmullo en su pecho  :
 ¡ Gracia y gracia por la ayuda, dice, nunca voy a dejar de agradecer!
Y vuelvo a desandar bajo la intensa lluvia el camino del bosque, allí
 donde la solidaridad campesina resistió tantas veces la ejecución del 
oprobioso desalojo, agradeciendo yo también a la vida, por esta nueva 
oportunidad que nos brinda.
Una simple hoja de papel, pienso, nos devuelve la alegría del arcoíris. 
¿Dónde habrán ido a parar los centenares de páginas que acumuló el 
abogado en Tribunales para acusar a Inés?
* El Pedregoso, 4 de Junio de 2014