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martes, 23 de octubre de 2012

CONFIRMAN QUE A DANIEL SOLANO LO MATARON EN LA ISLA


Buenos Aires, 23 de octubre de 2012 (Agencia Rodolfo Walsh).- A casi un año de la desaparición de Daniel Solano, la Cámara ratificó procesamientos y preventivas que apuntan a siete policías como los autores directos del secuestro y asesinato del joven. Solano, de la comunidad guaraní de Misión Cherenta, Tartagal, Salta, llegó a Choele Choel en octubre del año pasado para trabajar en la cosecha de manzana. Durante la madrugada del 5 de noviembre de 2011 fue sacado por personal policial de un boliche y, aunque se realizaron varios rastrillajes en la zona, aún no se encontró su cuerpo.

Los siete policías sindicados como presuntos responsables materiales del secuestro y asesinato de Daniel Solano deberán esperar en prisión el juicio oral y público. Así lo decidió ayer la Cámara Criminal Tercera de Roca, que confirmó los procesamientos con prisión preventiva dictados en julio por el juez de Choele Choel, Víctor Soto.
Con voto rector de Fernando Sánchez Freytes y aportes de Carlos Vila y Emilio Stadler, el tribunal rechazó los agravios de los abogados defensores de los siete policías. El penalista Eves Tejeda apeló en representación de Pablo Albarrán Cárcamo y Diego Vicente Cuello; la abogada Sonia Franco lo hizo por Pablo Alberto Quidel y el defensor Ricardo Thompson apeló por Héctor Martínez, Pablo Bender, Sandro Berthe y Juan Francisco Barrera.
La única modificación que hizo la Cámara al fallo de Soto fue reemplazar la figura de apremios ilegales por la de vejaciones, aunque mantuvo ese delito en concurso con todos los demás que ya figuraban.
Así, Berthe, Bender y Barrera quedaron procesados por "vejaciones, privación ilegal de la libertad y homicidio agravado, todo en concurso real y en grado de coautores".
A Cárcamo, Quidel y Cuello los procesaron como partícipes primarios de "privación ilegal de la libertad y homicidio agravado", más incumplimiento a deberes de funcionario público, esto último en grado de autores.
Para el oficial inspector Héctor César Martínez el procesamiento es en carácter de partícipe secundario de los delitos de "vejaciones, privación ilegal de la libertad y homicidio agravado" aunque se lo procesó como el principal responsable del encubrimiento policial del asesinato, atribuyéndole los delitos de "abuso de autoridad en concurso ideal con falsedad ideológica".
Según valoró la Cámara, "existe un serio juicio de probabilidad" para sostener que el 5 de noviembre pasado Solano fue sacado "injustificadamente" del boliche Macuba por parte de los policías Bender, Berthe y posiblemente otra persona y en la vereda "lo aguardaba el coimputado Martínez (...) para sumarse luego a este grupo (...) los funcionarios policiales Albarrán Cárcamo, Cuello, Quidel y Barrera", quienes llegaron en una Eco Sport policial. Allí lo golpearon, pero la agresión siguió luego a la vuelta de la esquina del boliche, con "golpes de puños, patadas y con la probable utilización de un elemento contundente". En esas circunstancias Solano quedó inconsciente. Con la víctima a bordo del patrullero salieron "en dirección al puente de acceso de la Isla 92, siendo seguidos de cerca por un Fiat Duna rojo (...) propiedad del coimputado Berthe y acompañado por los indagados Martínez, Bender y Barrera". Ellos siete, según la Cámara "fueron los últimos (y únicos) sujetos que estuvieron hasta el último momento con quien en vida fuera Francisco Daniel Solano".
"No es injusto sostener -frente a este cuadro indiciario muy fuerte- que hayan acabado en aquél último sector con la vida de Solano, encargándose posteriormente -la lógica, la experiencia y el sentido común lo indican- de hacer desaparecer el cadáver", precisó la resolución.
Un análisis aparte mereció la intervención del oficial Martínez, quien "integró la Comisión Investigadora como "jefe" en esta causa, desbaratando ilegítimamente la prueba que se colectaba" y produciendo "ilícitamente constancias para confundir las pistas ya obtenidas". "Como jefe de la Brigada de Investigaciones de la Regional IV de Policía, investigó las instancias preliminares de este terrible hecho, desplegando una estrategia tendiente a desviar la "pesquisa verdadera", para lograr la impunidad del crimen", valoró el Tribunal, que dio por acreditado que instrumentó como "pistas falsas" que Solano se había ido por propia voluntad y luego que había sido asesinado por otros trabajadores.
"Cuesta creer que a casi 30 años de gobierno democrático tengamos que soportar un hecho delictivo de esta envergadura, y lo que es más grave aún, por parte de funcionarios públicos encargados e instruidos para proteger los bienes jurídicos más valiosos de los ciudadanos", opinó Sánchez Freytes en su voto, y dispuso enviar copia de la sentencia de la Cámara al secretario de Seguridad de la provincia, Miguel bermejo, "para tomar nota de la gravedad de estos episodios".

Fuente: rionegro.com.ar