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martes, 31 de julio de 2012

CARTA DE LA ASAMBLEA EN DEFENSA DEL AGUA Y LA TIERRA, A LOS CONCEJALES DE EL BOLSON.

El Bolsón (Asamblea en Defensa del Agua y la Tierra).-Señores Concejales de El Bolsón:

                                         Nos dirigimos a ustedes, con el fin de expresar nuestro repudio a la publicación de la revista Durban, repudio que compartimos con los Concejales que se han expresado la semana pasada, pero pensamos que en ese sentido debemos dar un paso más, por los motivos que aquí exponemos:
En primer lugar, la tierra que se ofrece en la publicación, está en litigio judicial y fue comunicado al Registro de la Propiedad Inmueble la traba de la litis.  (Adjuntamos documentación, documento n1).
Por otra parte, de resolverse el caso judicial favorablemente a quienes aparecen como los titulares, son el Concejo Deliberante (y el Ejecutivo al promulgar) los encargados de decidir si el fraccionamiento se autoriza por  vía excepcional (ya que Mallin Ahogado no admite parcelas menores a 4 ha). El hecho de vender sin el previo aval del Consejo, puede ser un fraude al comprador, y a la larga, un problema que veremos nuevamente estallar en este Cuerpo Deliberativo  de no  tomarse los recaudos necesarios.
Los lotes 81 y 82 de la sección IX de Bariloche (lotes en los cuales se encuentran comprendidos los lotes de provincia-CAP, dados al desarrollo por la ley 3358 y 4335 para ampliar y hacer efectivo el centro invernal), y los lotes que se pretenden vender, están DENTRO del Área Natural protegida Rio Azul Lago Escondido (agregamos fotocopia de la dirección de tierras que así lo certifican el 01.09.2011 por nota 400 de la DGTC (Dirección General de Tierras y Colonias), con firma de Daniel Tait.
Estando los lotes mencionados dentro de la ANPRALE, quedan bajo la legislación específica de la Carta Orgánica Municipal, como Zona de Amortiguación, por el art.173, y sus usos se definen en el Art 174, donde se prohíben expresamente las urbanizaciones:
Artículo 173 - Las Zonas de Amortiguación se delimitan de la siguiente manera:
1)         Dentro del “Área Natural Protegida Río Azul-Lago Escondido”, con los siguientes límites: al Oeste la Zona Núcleo de la misma, de la cual es colindante; al Este, el límite Este del Área Natural Protegida Río Azul-Lago Escondido; al Sur, el paralelo 42 y al Norte el ejido Municipal.
2)         El área del macizo del Cerro Piltriquitrón, ubicada entre la cota de los 750 m.s.n.m y la cota de los 1.300 m.s.n.m., o el límite altitudinal superior de los títulos de propiedad existentes.
3)         El área del Sistema Cordón Serrucho Norte-Cordón Serrucho Sur-Nacientes del río Ternero, ubicada entre la cota de los 1.000 m.s.n.m. y hasta la Zona Núcleo.

Usos. Artículo 174 - Podrán desarrollarse dentro de las Zonas de Amortiguación actividades que no atenten contra los objetivos de las Zonas Núcleo y aseguren su protección. Científicas educativas. Turísticas de bajo impacto y rurales. No se permite la urbanización. Son áreas no residenciales. Las subdivisiones estarán condicionadas al desarrollo sustentable de las superficies y a su capacidad de soporte.
(Fuente: Carta Orgánica Municipal, las negritas son nuestras)
Por otra parte, la Carta Ambiental define esa zona como Área Natural Protegida Cumbreras de Mallin Ahogado, caracterizándola como área de máxima protección, por ser la cumbrera de agua, que garantiza los procesos agro-productivos realizados más abajo, garantía de sobrevida de más de 1000 familias residentes en el paraje. El Area Natural Protegida Cumbreras de Mallin carece de ordenanza que la reglamente, pero su finalidad como garantía de la calidad y cantidad de agua necesaria para los desarrollos existentes, indica que su grado de protección municipal es alto, incompatible con una urbanización.
El Bolsón adoptó por Carta Orgánica (Art. 167) los criterios del documento Reserva de Biosfera, esta reserva quedo así declarada en abril del 2007, y en su zonificación el área en cuestión aparece en amarillo, como zona de amortiguación, con prohibición explícita de urbanizar.
Artículo 167 - El Municipio adopta los criterios del documento de Reserva de Biosfera, conforme la Resolución 28C/2.4 de la Conferencia General de la UNESCO — Estrategia de Sevilla (Noviembre de 1995), como principio general para la conservación de su territorio.
Por último, no hay expediente municipal de los supuestos actos iniciados por la empresa para pedir (a pesar de toda la legislación aquí expuesta) un loteo en ese lugar.

El proyecto que fuera presentado al Consejo Municipal, ha sido retirado. Este hecho de por sí, supone un enfriamiento en la disputa creada en torno a su viabilidad. Por ello, es ocioso debatir en torno a lo que en términos legales no tiene existencia. No obstante un proyecto fue presentado y de acuerdo a un primer análisis aparecen contradicciones importantes entre este y el dictado de instrumentos legales que caracterizan a nuestra región como social, económica y ecológicamente sostenible.”
(En nota de Néstor Capano, Secretario del Presidente del Concejo Deliberante., adjuntamos al final el texto completo, documento n 2.)

A nadie escapa que en la segunda mitad del año 2011, el tema del loteo atravesó toda la cuestión política de nuestro pueblo, incluidas las elecciones. El tema encontró su punto álgido al término de la administración saliente, cuando se trató de dar por cerrada la discusión en una carrera acelerada, de espaldas a la población, que resulto en el triste hecho de un Concejo Deliberante sesionando tras las rejas y custodiado por un cuerpo represivo de lamentable prestigio.

Seguramente ningún hecho político previo genero tanta división y tanta violencia como el proyecto de loteo que hoy se sigue ofreciendo en venta, tanto actualmente en la revista DURBAN de J.P.Urrutti, que se distribuye libremente en el pueblo y en el cerro Perito Moreno, como en la revista BA.MAG en el mes de abril próximo pasado, donde se ofrecen los lotes con un bando rojo que reza “proyecto consolidado”.

Por este motivo los vecinos nos acercamos al Concejo, para pedir que este cuerpo, o al menos los Concejales que así lo consideren, soliciten en la fiscalía de El Bolsón, se investigue si no estamos ante el delito de estafa en grado de tentativa (Art. 172 del Código Penal que dice: “Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con …calidad simulada…negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño”),con la firme convicción que un gesto de esa tesitura dado por los representantes del pueblo, tiene un peso institucional y político mayor que si la denuncia la hacemos los vecinos comunes.

El delito de estafa tiene como núcleo el ánimo de engañar, al que se le suma la producción de un error en la víctima; la disposición patrimonial motivada por el error y el daño patrimonial consecuencia de la disposición. En el caso, al ofrecerse a la venta lo que no existe (lotes) se evidencia el ánimo del engaño y al sostenerse que todo está bien respecto de los lotes, claramente se induce a error al comprador el que si paga algún adelanto del precio o seña, ya está de lleno inmerso en el delito. El solo ofrecimiento a nuestro criterio, en la forma en que se lo hace (“venta” en las revistas y otros sitios) nos plantea el inicio de ejecución del delito, por eso es que afirmamos que se podría estar ante una tentativa de estafa. 

Sería lamentable, que el delito se consumara, y que El Bolsón pasara a ser célebre, no por su paisaje y sus habitantes, sino por la estafa a compradores que justamente pondrán el grito en el cielo al ver  sus bienes arrebatados, garantizándonos tensiones sociales iguales o mayores a las ya vividas, y de las cuales, de no actuar, este Concejo Deliberante será nuevamente el epicentro.

Sin otro particular,
Asamblea En Defensa del Agua y la Tierra

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