Envíenos su nota, opinión o información al correo: delpueblo.prensa@gmail.com

miércoles, 9 de mayo de 2012

PROCESAN A EXFUNCIONARIOS DE SAIZ

Mallín Aguado y El Bolsón (Asamblea en Defensa del Agua y la Tierra).- Procesaron a ex funcionarios provinciales por pago de adicionales. El Juzgado de Instrucción Nº 2 de Viedma, a cargo del Juez Carlos Reussi, ordenó el procesamiento de Francisco Javier Gonzalez y César Barbeito por estimarlos autor penalmente responsable y partícipe necesario - respectivamente - del delito de Peculado.
También procesó a Diego Larreguy, Juan Accatino, Cristina Uría, Omar Contreras, Alfredo Pega, Pablo Verani, José Ongaro, Aníbal Hernández y Sergio Pendas. El Juez Carlos Reussi ordenó el procesamiento de Francisco Javier Gonzalez, por estimarlo autor penalmente responsable del delito de Peculado (Art. 261 del Código Penal y Art. 281 y concordantes del Código Procesal Penal), en referencia a la causa que se investiga por el pago de adicionales durante el ejercicio de sus funciones en el gobierno.
En tanto procesó a César Alfredo Barbeito a Sergio Alberto Pendas y a Aníbal Fructuoso Hernández en calidad de partícipes necesarios. También quedaron procesados: Diego Rodolfo Larreguy, Juan Manuel Accatino, Cristina Liliana Uria, José Omar Contreras, Alfredo Daniel Pega, Pablo Federico Verani y José Eugenio Ongaro, por haber participado en la calidad de partícipes necesarios (Art. 45 C. Penal) del delito de Peculado (Art. 261 del Código Penal y Art. 281 y concordantes del Código Procesal Penal).

En la misma sentencia, el titular del Juzgado de Instrucción Penal Nº 2, dictó además el auto de procesamiento de Daniel Rodolfo Bossero y Gustavo Adolfo Picchi, por estimarlos autores penalmente responsable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público (art. 249 del Cod. Penal).
Con respecto a los hechos, el Juez informó que han quedado definidos de la siguiente manera: el hecho número uno es el que investiga la partida presupuestaria 394 destinada a "Gastos de función jurisdiccional sin discriminar- Suplemento personal por dedicación exclusiva funcional por servicios prestados por autoridades superiores del Poder Ejecutivo Provincial", en el ámbito del Ministerio de Coordinación, luego denominado Secretaría General de la Gobernación, en que se desempeñara inicialmente como titular César Alfredo Barbeito y luego Francisco Javier González y a partir del dictado de la Res. 61/04 del ex-Ministerio de Coordinación, de César Alfredo Barbeito, mediante la cual se habría abonado dedicación exclusiva en los períodos referenciados (sin incluir dicho suplemento en la liquidación de sus respectivas remuneraciones), se ejecutó e hizo efectivo el gasto público mediante una modalidad no autorizada para el pago de haberes, en cuanto se libraron cheques a la orden del Ministro Coordinador, o Secretario General de la Gobernación, según la época, o de funcionarios de esa área, para ser cobrados en ventanilla bancaria, sustrayendo los fondos de la esfera de control de la Administración.
El segundo hecho se refiere a que durante el ejercicio presupuestario 2010 y merced al dictado de Resoluciones de la Secretaría General de la Gobernación rubricadas por su titular Francisco Javier González, se habría procedido indebidamente al pago de las sumas de dinero, en concepto de suplementos en dinero a las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo Provincial junto a otros organismos, con afectación de la partida rubrada 159 ("otras asignaciones al personal" denominada según Dec.1091/09) del Programa 01 (Poder Ejecutivo), ordenando se abonen por Tesorería General de la Provincia a los beneficiarios: César Alfredo Barbeito, Alfredo Pega, Diego R. Larreguy, Juan Manuel Accatino, Cristina Uria, Omar Contreras, Francisco J. González, Pablo Federico Verani y José Ongaro, mediante el libramiento de cheques a su orden.
Por último, el hecho tercero investiga a las autoridades encargadas de la Contaduría General, sucesivamente el Contador Daniel Rodolfo Bossero el Contador Gustavo Adolfo Picchi, máximos responsables del órgano de control interno del sistema estatuido por la ley de Administración quienes habrían dejado de cumplir con las obligaciones que a su cargo imponen dichas leyes, las que les correspondía acatar de oficio y en orden a la propia función; respecto de los actos administrativos que dieran lugar a la disposición de fondos públicos aludidos en los hechos primero y segundo, no objetando la ejecución de dicho gasto, y omitiendo todo acto funcional de observación del trámite y control interno.
“Se han acreditado los hechos descriptos y puede ya destacarse que el primero y el segundo son hechos consecutivos, con la misma dinámica aunque diferentes actores y el tercero es una consecuencia de los anteriores, signado por la falta de cumplimiento del rol específico del Contador General de la Provincia de Río Negro”, destacó el Dr. Reussi en la sentencia.
“Se pudo establecer que los funcionarios a cargo, primeramente con César Barbeito como Ministro de Coordinación, luego con Francisco González como Secretario General de la Gobernación, y finalmente con la intervención de éste y los ministros de todas las áreas del Gobierno Provincial, establecieron e hicieron funcionar un sistema por el cual detraían mensualmente de la Administración Pública importantes sumas de dinero con alegado destino a pago de adicionales, para lo que se implementó un sistema anormativo, dando espacio a un verdadero imperio de la voluntad y la arbitrariedad, así como la informalidad administrativa, liquidándose montos a empleados y funcionarios sin ningún ajuste reglado, y sujeto a la mera voluntad de los administradores, por fuera del sistema administrativo contable del poder ejecutivo”, sostuvo.
Precisó que “se ocasionó el manejo de una suma de dinero por fuera del esquema contable de la Provincia, evitando los controles propios a toda erogación dineraria, y máxime en materia de salarios, generando una actitud secretista y discriminatoria, impropia de los modos naturales para la implementación cabal de las políticas del Estado”.
El Dr Reussi puso de relieve que “no se trata aquí de poner en duda las facultades, ciertamente discrecionales, del poder ejecutivo para establecer un pago de un adicional de sueldos, con el objeto de generar un emolumento adecuado a la posición de responsabilidad que los funcionarios públicos del Poder Ejecutivo sostienen de acuerdo a su función, sino la modalidad y mecánica con la que se implementó.”
“La irregularidad es patente y señalada. Y del actuar de los imputados antes señalados, revela un conocimiento y voluntad acordes a llevarlo adelante, por lo que corresponderá dictar su auto de procesamiento,” concluyó el magistrado.

Cómo fue la maniobra 
• El secretario general de la Gobernación, Francisco "Ringo" González, se fijó durante siete años –a sí mismo y a los demás ministros de la gestión Saiz– sobresueldos por encima de los haberes que tenían establecidos.
• Cada mes, González recibía un plus de más de 200.000 pesos y sus pares, los ministros, montos que iban de los 30.000 a los 80.000 pesos.
• González percibía 30 veces más de lo que le correspondía por haber oficial ($ 7.448). En todo 2010 González cobró 2.201.700 pesos en sobresueldos.
• El ministro que más cobraba –aunque tres veces menos que González– era Diego Larreguy, titular de Gobierno. En todo el año pasado recibió 736.800 en sobresueldos.
• La maniobra se hizo desde principios de 2004, a través de resoluciones que no se publicaron en el Boletín Oficial.
• Desde que se creó el "suplemento", se ha pagado un total de más de 24 millones. Sólo en 2010 fueron $ 5.678.800.
• Tampoco había sido publicada la Resolución que dio origen al sobresueldo: la 61/04 firmada por el ex secretario de Coordinación y actual ministro César Barbeito, que puso en marcha el "Suplemento Personal por Dedicación Exclusiva Funcional" para "autoridades superiores".
• Los sobresueldos se pagaban a través de Tesorería vía cheques a la orden personal de cada ministro y con mención de CUIT.
• Todos los meses variaba la suma de los sobresueldos. Se advertía un constante aumento.
 • Sin embargo, el más drástico incremento se dio a partir de 2008, cuando prácticamente se duplicaron.
• Los sobresueldos estuvieron disimulados en el Presupuesto en una partida ambigua –la 394 llamada "Gastos de función jurisdiccional sin discriminar. Suplemento personal por dedicación exclusiva funcional por servicios prestados por autoridad superior del Poder Ejecutivo Provincial"–, hasta que Saiz decidió a fines de 2009 incluirla en otra más genérica aún: la 159, llamada "Otras asignaciones al personal", que en el Presupuesto 2010 contuvo los $ 5.678.800, más tres millones por otros conceptos.
• El único ministro que no apareció en la lista de reparto fue el responsable de Hacienda. Sí aparecía Pablo Verani cuando era ministro, pero tras su renuncia, el "suplemento" fue otorgado a Tesorería de la provincia, la misma institución que ordenó los pagos y libra los cheques.
• Se detectó que en noviembre de 2010 el sobresueldo de $ 219.500 asignado a Francisco González fue desdoblado en las órdenes de pago: se emite un cheque de 116.250 para él y otro correlativo de $ 103.250 para el Banco Patagonia.
• Otro caso de desdoblamiento se dio en marzo de 2010, pero no con el sobresueldo de González sino con el de Tesorería.
• Las resoluciones fijaron todos los meses el plus, pero sólo la Legislatura podía entender en la fijación de salarios. Además se violó el artículo 189 de la Constitución rionegrina que prescribe que los sueldos de los ministros "no pueden ser alterados en su valor económico durante el ejercicio de su función". No obstante, estas resoluciones fueron emitidas bajo apariencia reglamentaria, y citaron estas normas: el Decreto 02/04, la Resolución 61/94, el Decreto 1091/09, la Resolución 5007/10 y la ley K 4002.
• Ni la resolución 61/94 que puso en marcha el "suplemento" ni las resoluciones mensuales que determinaron los montos fueron hechas públicas.
• Se eludieron los órganos de control. Tampoco se conoció que, mientras los cobraba, cada ministro haya hecho rendiciones tal como se cita en las resoluciones mensuales.
• Todo indica que los ministros no declararon los sobresueldos –pese a tratarse de un suplemento del salario– con lo cual eludieron el impuesto a las Ganancias por todo concepto y los aportes jubilatorios a la Anses.