Envíenos su nota, opinión o información al correo: delpueblo.prensa@gmail.com

viernes, 21 de octubre de 2011

SENTENCIA DEL JUICIO ÉTICO Y POPULAR A LAS TRANSNACIONALES EN LA PATAGONIA (1ra parte)

18 de octubre de 2011 (Observatorio Petrolero Sur).- Durante el desarrollo de este juicio ético y popular contra las transnacionales, regional Patagonia, este tribunal ha oído en esta audiencia pública a las fiscalías populares y a los casos testigos constituidos por miembros de organizaciones sociales, integrantes de pueblos originarios y poblaciones afectadas, todos ellos víctimas de la presencia y las formas de operar de las corporaciones transnacionales en nuestros territorios. A su vez, ha analizado las denuncias y los testimonios y ha constatado que la explotación económica de los bienes comunes naturales y de los territorios por parte de las empresas transnacionales provoca, en las comunidades en cuyo entorno se desarrollan sus actividades, perjuicios directos como la privación del acceso a los recursos básicos, la destrucción de los territorios y las limitaciones a sus derechos humanos, incluido el derecho a la vida.
En esta audiencia, en la que han sido enjuiciadas las empresas transnacionales Río Tinto – Vale S.A. y PRC.SA (Potasio Río Colorado.SA), Pan American Silver, Repsol y Pan American Energy, este tribunal ha podido constatar los siguientes impactos provocados por las formas de operar de las empresas transnacionales o las proyecciones de esas consecuencias en los casos en que se trata de proyectos:
-Este modelo neoextractivista genera, por un lado, el saqueo de los bienes comunes, la destrucción de los territorios donde operan las empresas y serios impactos negativos en el medio ambiente, incidiendo en la profundización del cambio climático y generando desertificación, deforestación, escasez y degradación de aguas superficiales y subterráneas, contaminación, extinción de especies, desmontes y pérdida de ecosistemas y biodiversidad. Por otro lado, provoca fuertes impactos sociales a partir de desplazar comunidades, criminalizarlas, mercantilizar territorios, alterar formas de vida tradicionales y desconocer costumbres e identidades. En su afán de obtener nuestros bienes comunes, destruye parte de nuestra historia, divide comunidades, corrompe funcionarios y requiere y logra que los organismos estatales se conviertan en defensores de megaempresas y del modelo en su conjunto.
A su vez, sólo pueden desarrollar sus actividades extractivas a partir de la utilización de imponentes volúmenes de energía y agua que son los insumos imprescindibles de las actividades minera y petrolera para efectuar dicho saqueo. Alimentan esta destrucción territorial los laxos controles estatales, el contubernio con los gobiernos y las malas prácticas de las empresas. En la explotación petrolera podemos mencionar: derrames de hidrocarburos, aguas de formación y de producción, además de otras substancias tóxicas que han contaminado aguas superficiales y subterráneas e importantes cuencas como las de los río Colorado y Neuquén, todo ello por falta de mantenimiento en las instalaciones, violación de normas de seguridad y/o incorrecta disposición de desechos de producción. Además no se ha eliminado la práctica del venteo de gases.
En el caso de la Empresa PAS hay importantes antecedentes de contaminación en países de países de América Latina en los cuales opera, como es el caso de Quiruvilca, mina de zinc, plomo y cobre, ubicada en el norte de Perú. Allí, el río Moche se destaca por su color amarillo-naranja como consecuencia de la contaminación generada por los relaves mineros producidos por la mina propiedad de PAS. En la mina Morococha ubicada dentro del poblado homónimo en el centro de Perú, la tierra altamente contaminada se ha diseminado por todo el valle y por el propio pueblo. Los depósitos de desechos tóxicos y las colas de minería yacen expuestas al aire libre con total impunidad. En Morococha no tienen agua corriente, sistema de cloacas, inodoro ni ducha. Las enfermedades respiratorias, gastrointestinales, la desnutrición y la pobreza son moneda corriente. En más de una ocasión, se ha demostrado que muchos chicos tienen altos niveles de plomo en sangre y constantes sangrados de nariz. Allí se puede confirmar claramente que la falacia del supuesto desarrollo que prometen a las poblaciones empobrecidas de la meseta de Chubut nunca se cumplirá.
Con respecto a las acusaciones que se presentaron contra la empresa Vale, una de las más importantes a nivel mundial de origen brasileño, responsable del emprendimiento Proyecto Potasio Río Colorado, que se definió como integral, interjurisdiccional y monopólico, se identificaron varios impactos:
a) Flora, fauna y caudal del río Colorado: este emprendimiento alertó a todas las comunidades que se encuentran involucradas en la cuenca del Río Colorado (provincias de Mendoza, Neuquén, La Pampa, Río Negro y Buenos Aires) ante la posibilidad de que provoque un impacto en las aguas de dicho río y afecte en forma negativa tanto a la fauna y flora como al agua tan necesaria para las actividad productivas de la zona.
b) Generación de pasivo ambiental: durante la explotación y extracción del potasio se generará un pasivo ambiental sobredimensionado de sodio, es decir, que al cabo de unos años la empresa dejará un acumulado de sodio de unas 200 hectáreas por unos 50 metros de altura. Junto a ello, existe un alto riesgo de salinización del río Colorado por su proximidad a dicho proyecto. Hay que tener en cuenta que este río abastece de agua potable al 75% de la población de la provincia de La Pampa, mediante acueducto, y que está en etapa de licitación el acueducto desde este río hasta la ciudad de Bahía Blanca (de más de 300.000 habitantes) para el abastecimiento de agua potable. También forman parte del pasivo ambiental la degradación y contaminación del territorio de las cuencas de los Ríos Colorado, Neuquén, Limay y Negro por la extracción del gas (convencional y no convencional) y energía hidroeléctrica, con afectación sobre más de un millón de personas y las áreas de regadío del Alto Valle, del Valle Medio e Inferior del Río Negro.
c) Consumo de gas: se calcula que el emprendimiento utilizará la misma cantidad de gas que utiliza la provincia de Mendoza en la red domiciliaria (un millón de metros cúbicos diarios) y la misma cantidad que consume el total de la provincia de Neuquén. Además, se ha denunciado en este juicio que con ese consumo de gas se podría dar trabajo a cerca de 35.599 trabajadores, contra los 386 que emplearía potasio.
Este consumo de gas está calculado para la explotación del yacimiento en la provincia de Mendoza (25%), de acuerdo a la Declaración de Impacto Ambiental aprobada en esa provincia. La provisión de gas convencional y no convencional provendrá, en el marco de Gas Plus, de los yacimientos de Loma de La Lata, El Portón y Sierra Barrosa (provincia de Neuquén) y de los acuerdos firmados entre empresas (Repsol-Vale.SA.). La provisión de un millón de metros cúbicos diarios, desde la provincia de Neuquén, hacen prever graves implicancias ecológicas, sociales y económicas para la sustentabilidad socioambiental de esa provincia y de todo el país. Es posible considerar que al momento en que comience la explotación del 75% del yacimiento de cloruro de potasio en la provincia de Neuquén, donde Vale SA y sus subsidiarias tienen pertenencias mineras (en etapa de prefactibilidad), estos consumos deberán multiplicarse por tres. Además en tiempos de crisis energética, las previsiones del incremento de estos consumos sirven hoy al gobierno nacional para justificar la importación de gas licuado de Quatar (contrato directo por 20 años) y Trinidad Tobago, por el puerto de Bahía Blanca y de Escobar.
-Afectaciones de las condiciones socioeconómicas de la población y de las comunidades originarias ante la pérdida de espacio territorial y la falta de acceso a los recursos vitales en las llamadas “zonas de sacrificio”, frente al avance y la dominación territorial de las empresas transnacionales. Esta ruptura de las formas de vida tradicionales ha generado el surgimiento de refugiados ambientales, que han perdido sus territorios y en muchos casos, han ido a engrosar los barrios marginales de las ciudades en condiciones de pobreza, miseria y exclusión. En este sentido, este tribunal denuncia el plan de relocalización de comunidades campesinas (crianceros) propuesta por la empresa PRC S.A. en los departamentos de Pehuenches (Neuquén) y Malargüe (Mendoza).
-Profundización de la precarización y flexibilización laboral, con el aumento del trabajo temporario, la tercerización del empleo y la baja calificación laboral. En algunos casos, esta precarización es generada como consecuencia del desarraigo y abandono de las poblaciones de sus lugares de origen en busca de empleo.
En el caso de las empresas mineras, predomina en el discurso que, al aumento del empleo que generan los proyectos mineros, se suma un aumento de la masa salarial, de la renta familiar y de la recaudación impositiva en las comunidades. Este discurso oculta intencionadamente que, con el actual patrón tecnológico, se requiere escasa mano de obra y además que la misma es altamente calificada, razón por la cual muchos de los empleados provienen de fuera de las localidades en donde se encuentran las minas e incluso, muchas veces, proceden de los países de origen de los capitales empresariales. Si bien en la etapa de construcción de la infraestructura de los yacimientos la demanda de mano de obra puede ser importante, estos trabajadores no suelen ser recontratados para la fase de explotación de los mismos.
-Vulneración y violación de los derechos ancestrales de los pueblos originarios, al desconocer los convenios y pactos internacionales que los protegen, como el Convenio 169 de la OIT, la Declaración sobre Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU y las constituciones provinciales y nacional. El incumplimiento del convenio de la OIT y de la declaración de la ONU implica una clara violación del derecho al territorio y de la necesidad de realizar una consulta para lograr el consentimiento libre, previo e informado respecto de los proyectos extractivos que se quieran desarrollar en territorios indígenas. A su vez, el incumplimiento de los artículos de las constituciones de las provincias y de la Nación, implica una violación del derecho de los pueblos indígenas a participar en la gestión de los recursos (en realidad, bienes) de sus territorios.
En el caso de empresas petroleras, se realizan concesiones de áreas hidrocarburíferas en territorios indígenas en las provincias de Neuquén, Río Negro y Chubut, sin garantizar esos procesos de consulta previa. Además, en la provincia de Neuquén, el proceso de judicialización de las comunidades mapuche en conflicto con empresas petroleras, contó con el apoyo del estado provincial. Por ejemplo, el Fiscal de Estado apeló el fallo que en primera instancia favoreció a la comunidad Huenctru Trawel Leufú en la causa que le iniciara Petrolera Piedra del Águila. En la provincia de Chubut, el Proyecto Navidad de la empresa Pan American Silver está emplazado en territorio del pueblo mapuche y ya en las fases previas a la explotación, ha generado consecuencias negativas en los territorios de las comunidades mapuche de la meseta chubutense.
-Afectaciones en la salud de las poblaciones. En el caso de explotaciones hidrocarburíferas, ya se han probado las afectaciones en la salud de integrantes de comunidades mapuche ubicadas en Loma de la Lata por la presencia de metales pesados en el organismo; además se sospecha el incremento de enfermedades oncológicas y otras afecciones en comarcas petroleras como Cutral Co y Plaza Huincul, a consecuencia de esta industria; sin embargo, el Estado provincial se niega a realizar estudios para verificar o desestimar esa sospecha. En el caso de explotaciones de megaminería a cielo abierto con uso de sustancias tóxicas, ya son comprobables las afecciones en la salud de las poblaciones, razón por la cual no se pueden negar las consecuencias que en ese sentido traerán los proyectos que todavía no han entrado en la fase de explotación. En las explotaciones del mineral plomo se recuerda el caso de Abrapampa, Jujuy, por la comprobada presencia de plomo en sangre en los niño/as de esa localidad del Noroeste Argentino, investigación realizada por facultativos y especialistas en laboratorios de la universidad jujeña.
-Entre los impactos socioculturales que generan las empresas transnacionales, uno de los más importantes es la afectación del territorio de las comunidades indígenas, base de su cosmovisión e identidad cultural y social. En el caso concreto del Proyecto Navidad, la demostración más clara de que el emprendimiento está emplazado en territorio ancestral fue la necesidad de trasladar un cementerio mapuche de la zona, en la época en que el proyecto estaba en manos de la empresa IMA (Inversiones Mineras Argentinas). La empresa, en connivencia con el estado, manipuló a una de las comunidades afectadas y obtuvo su consentimiento, el que fue utilizado para legitimar el despojo e invisibilizar la manifiesta oposición del resto de las comunidades. Pretendieron con ello suplantar el correspondiente proceso de información y consulta que obligatoriamente debe llevar a cabo el estado.
Otros de los impactos socioculturales que quedaron de manifiesto en este juicio son las condiciones laborales de estas industrias, caracterizadas por la concentración de hombres solos en zonas de explotación o localidades cercanas, que han generado escenarios propicios para el incremento del consumo de drogas, el juego y la constitución de redes de trata de mujeres para la prostitución.
-Todos estos impactos generan explícitas violaciones a la soberanía política, energética y cultural de nuestro país, ya que son los intereses de las empresas transnacionales los que prevalecen a la hora de definir las políticas a implementar, la energía a consumir y las diversidades culturales a defender.
Este tribunal ha podido constatar que las formas de operar de las empresas transnacionales no podrían ser posibles sin la complicidad y garantía de los gobiernos, los medios masivos de comunicación y algunas universidades estatales; por lo tanto, denuncia las siguientes responsabilidades de esas instancias de poder:
-La complicidad entre estados y empresas puede observarse en la ausencia de consultas populares y en el ocultamiento de información respecto de los proyectos empresariales y sus impactos sociales y ambientales. El derecho a acceder a la información pública ambiental es un requisito esencial para una adecuada participación ciudadana en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental que requieren los emprendimientos de las empresas y este derecho se niega en los proyectos Potasio Río Colorado de Vale (fundamentalmente en la ferrovía en la provincia de Neuquén) y Navidad de la PAS. En este último caso, los mecanismos de consulta popular implementados por el gobierno provincial en relación al último informe de impacto ambiental del Proyecto Navidad en su etapa de exploración no han permitido una verdadera participación ciudadana, debido a los requisitos de la consulta popular, que no contemplaron las características y las condiciones de vida de la población que debía opinar. Tener acceso a Internet o viajar a Gastre o a Gan Gan, leer un informe de 300 páginas con compleja información técnica y presentar la observación al informe en 15 días, no son condiciones posibles de cumplir por la mayor parte de los habitantes de la provincia.
A esta situación, se agrega, en este último caso, que la derogación de la Ley 5001 que prohíbe la minería metalífera a cielo abierto en la provincia de Chubut -que actualmente se impulsa desde las autoridades- sería una muestra más de la actuación de los poderes políticos en beneficio de las empresas transnacionales, permitiendo el inicio de la fase de explotación del Proyecto Navidad. De igual modo, la anunciada reapertura -e inconsulta- de pliegos para la explotación uranífera de Cerro Solo, en plena meseta -centro norte de la provincia de Chubut- no cuenta con el aval de los pobladores, en tanto sostenidas movilizaciones y denuncias desde 1986 exigen la remediación de los viejos yacimientos de Los Adobes y Cerro Cóndor, abandonados por décadas en colas y escombreras que impactan radiológicamente en la cadena trófica del ecosistema y directamente en la salud de la población.
Un ejemplo claro de connivencia entre Estados y corporaciones lo vienen padeciendo las poblaciones de la Patagonia austral (y Noreste de Chubut en especial), desde los años setenta en Puerto Madryn , a través de la fábrica ALUAR, planta de aluminio primario, productora de residuos particulados, sólidos y gaseosos, emisora de tóxicos fluorados orgánicos e inorgánicos, letales para toda forma de vida. Industrias semejantes, con volúmenes aún menores de emisiones de flúor, fueron prohibidas en los países del norte.
En el caso del Proyecto Potasio Río Colorado, se destaca la firma de un contrato leonino entre la empresa y el gobierno de la provincia de Mendoza, refrendado por la legislatura provincial, en el cual la provincia se transforma en responsable de la explotación de potasio a partir de tener que garantizar la paz social y el suministro de energía necesario. Por otra parte, el contrato aclara que la empresa abonará un 1% de lo que realmente sea vendido a un fondo socio-ambiental y el mismo se verificará por declaración jurada de la empresa. La misma sostiene que el fondo será para el desarrollo local, cuando en realidad se utilizará para inversiones destinadas a concretar la infraestructura de dicho proyecto.
Desde la provincia de Neuquén también se denunciaron los “permisos” previos a la Evaluación de Impacto Ambiental y a las Audiencias Públicas por la construcción del Tren de Potasio, desde Rincón de los Sauces a Cervantes-Chinchinales (conexión con Ferrosur), ignorando las denuncias presentadas por el Juez de Faltas de Rincón de los Sauces, ante la falta de estudios sobre las vibraciones y el estado cuali-cuantitativo de los ductos -gasoductos y oleoductos- y pozos de hidrocarburos abandonados. A su vez, se denunció el traspaso a la empresa Vale S.A. de la concesión de las vías férreas del ex Ferrocarril Roca o Ferrosur, desde Zapala hasta Bahía Blanca.

(Continúa en la 2da parte.)