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domingo, 20 de junio de 2010

DEFENSORA DEL PUEBLO: EL ACCIONAR DE LA POLICÍA RIONEGRINA SE ENCUADRA EN EL TERRORISMO DE ESTADO

El Bolsón (ANPP).-A continuación reproducimos el informe de la defensora del Pueblo de Río Negro:

Piccinini describió que desde que se encuentra al frente del órgano de control, se han producido no menos de una decena de casos, lo que contrasta con la política ejemplar en materia de Derechos Humanos que se pregona desde ámbitos oficiales.
En su nota al ministro Larreguy, la defensora Piccinini transcribe párrafos de su último informe “in voce” brindado en la Legislatura Provincial el pasado 26-02-10, cuando en relación con este tema; en dicha oportunidad expresó: “…Sabemos que la Policía de Río Negro tiene muchas respuestas pendientes sobre muchas muertes de jóvenes rionegrinos en sus calabozos, generalmente los días feriados. Voy a reservarme las identidades de éstas personas, pero esto no va a impedir que ponga a consideración de los Sres. Legisladores, esta desagradable información:
- Febrero de 2007. Dos jóvenes, a minutos de su encierro, mueren quemados en la comisaría de Mainqué.
- Junio de 2007. Un joven apareció muerto en el Establecimiento de Ejecución Penal Nº 1 de Viedma.
- Julio de 2007. Un trabajador rural murió quemado en Comisaría de Cervantes.
- 10 de Junio de 2008. Un joven muere en la comisaría 21 de Gral. Roca (aparente suicidio con el cinturón).
- 21 de Octubre de 2008. Un interno muere asesinado a golpes por policías y penitenciarios en el Establecimiento de Ejecución Penal Nº 2 de Gral. Roca.
- 31 de Octubre de 2008. Muere un joven de 17 años en la Comisaría Tercera de Gral. Roca (aparente suicidio).
- 10 de Junio de 2009. Muere un joven de 23 años en un calabozo de la Comisaría Tercera de Gral. Roca
- 30 de Julio de 2009. Joven de 26 años muere ahorcado en un calabozo de Lamarque (presunto suicidio).
- 23 de Agosto de 2009. Muere un hombre de 28 años en la Ex Alcaldía de Gral. Roca (supuestamente por un facazo).
- 15 de enero de 2010. Un joven de 21 años murió ahorcado en un calabozo en la Comisaría Primera de Viedma.

Detenidos circunstanciales, en su gran mayoría por contravenciones, no procesados. Ni hablar de la cantidad de jóvenes a lo largo y a lo ancho de la provincia sometidos a golpizas con lesiones graves que dejaron su marca y la Policía sigue pegando…
Recordemos también en Octubre de 2006 la muerte de un joven baleado por la Policía en su propia casa, en Valcheta…”

Piccinini solicitó también “se le informe a la mayor brevedad, dado que se trata de un tema sobre el cual el Gobierno Provincial no puede seguir callado ni ocultando la verdad, acerca de los siguientes aspectos, en relación a todos y cada uno de los casos enumerados en los párrafos transcriptos:
Nómina de los efectivos policiales involucrados, desde quien intervino en la detención hasta el Comisario o Jefe de Unidad respectiva.
Juzgado interviniente, carátula y número de expediente judicial.
Actuaciones sumariales dispuestas con identificación de los agentes sumariados, carátulas, números de expedientes, responsables de la investigación (instructor sumariante), suspensiones preventivas dispuestas en su caso”.
También con relación a las actuaciones sumariales pidió el estado actual de las mismas, trámites cumplidos y diligencias pendientes, así como la dependencia en la que se encuentra cada uno de los expedientes y responsable a cargo.
La defensora consultó “si se ordenó la clausura del procedimiento, remita copia certificada de la Resolución final y de todas las conclusiones del trámite administrativo.
Situación de revista de todo el personal policial involucrado en cada una de las muertes, ascensos desde el año 2006, traslados dispuestos, medidas sancionatorias aplicadas y dependencias donde presta servicio en la actualidad, así como cargo que desempeña y remuneración que percibe”.
Por otra parte, la Defensora del Pueblo solicitó información sobre la situación de todos y cada uno de los policías que hayan resultado condenados por apremios ilegales, vejaciones y abusos de autoridad en los últimos cinco (5) años. También a tenor del detalle que antecede respecto de los casos de muertes, remitiendo además copia de las sentencias respectivas, como así también toda otra consideración que considere oportuna en relación al tema que nos ocupa.